HIDROCARBUROS
IVA. OPERADOR CONFIABLE. Se somete a audiencia e información pública el Proyecto de Orden por la que se aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y por la que se regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiable.
Fecha: 13/06/2025
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Proyecto
Objeto normativo:
La presente disposición normativa tiene como propósito establecer el procedimiento administrativo específico para el reconocimiento de la condición de «operador confiable» en el ámbito de la fiscalidad sobre hidrocarburos, así como regular la estructura, integración y funcionamiento de un registro ad hoc que permitirá una gestión eficaz y diferenciada de estos operadores por parte de la Administración tributaria estatal.
Fundamento jurídico:
Este proyecto normativo se sustenta en la habilitación conferida por la disposición final primera, apartado Tres, de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre. Dicha ley modifica el anexo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), mediante la introducción de un nuevo apartado undécimo, que contempla la obligación de constituir una garantía por el IVA devengado en determinadas operaciones de salida de carburantes del régimen de depósito fiscal no aduanero. Quedan exentos de dicha garantía aquellos operadores que ostenten la condición de operador económico autorizado (OEA) conforme al Código Aduanero de la Unión, o bien, que sean reconocidos como operadores confiables.