Consulta pública previa sobre el Proyecto de Real decreto por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del régimen fiscal especial de las Illes Balears

Publicado: 12 febrero, 2024

RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL DE LES ILLES BALEARS. Se publica en la web de la AEAT documento sometido a consulta pública previa sobre el Proyecto de Real decreto por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del régimen fiscal especial de las Illes Balears regulado en la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del estado para el año 2023.

Fecha: 09/02/2024

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Acceder a Documento

 

Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

La plena aplicación de los incentivos fiscales recogidos para las Illes Balears en la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, requiere desarrollar determinados aspectos sobre los que la propia Ley habilita a la normativa reglamentaria, con la particularidad, exigida por el apartado ocho de la disposición adicional citada, de la coordinación previa con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; coordinación que se precisa para dictar todas las disposiciones que sean necesarias en desarrollo de esa disposición adicional.

La necesidad y oportunidad de su aprobación

El Proyecto de reglamento que ahora se somete a consulta pública, desarrolla todos esos aspectos que la Ley 31/2022 le confía y, al mismo tiempo, pretende ser el instrumento jurídico que despeje potenciales dudas interpretativas, permita una aplicación lo más eficaz y sencilla posible, dote de seguridad jurídica a los operadores jurídicos, y concrete algunos conceptos jurídicos – tales como las zonas comerciales o las áreas cuya oferta turística se encuentre en declive – tomando en consideración aquellos ya definidos en la normativa sustantiva autonómica, o en la normativa tributaria o contable, según los casos.

El Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de las Illes Balears entraría en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado; no obstante, en la mencionada línea de reforzar la seguridad jurídica en la aplicación de los incentivos fiscales objeto de este régimen fiscal especial, las normas que se aprueben deberán producir efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2028 del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

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