Convalidación del real decreto-ley de medidas urgentes en materia agraria, de respuesta a la sequía y de descuentos en materia de transportes ferroviarios

Publicado: 8 junio, 2023

CONVALIDACIÓN RD LEY SEQUÍA. La Diputación Permanente convalida el real decreto-ley de medidas urgentes en materia agraria, de respuesta a la sequía y de descuentos en materia de transportes ferroviarios

 

Fecha: 07/06/2023

Fuente: web del Congreso de los Diputados

Enlace: Nota

 

La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados ha convalidado en su sesión de hoy por 58 votos a favor, ninguno en contra y once abstenciones el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas. Se ha rechazado su tramitación como proyecto de ley con carácter urgente. 

 

Recuerda las principales medidas:

MEDIDAS FISCALES:

IBI: (art. 12)

Se incorpora una exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica a favor de los bienes inmuebles que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, y que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones.

 

IS: (art. 13)

A través de la modificación de la disposición adicional tercera (Subvenciones de la política agrararia y pesquera comunitaria y ayudas públicas) de la LIS, se procede a incluir entre las rentas positivas que no se integran en la base imponible del Impuesto, aquéllas que deriven de la percepción de ayudas de la Política Agraria Comunitaria, en particular, de las ayudas a los regímenes en favor del clima y del medio ambiente (ecorregímenes)..

 

ITPyAJD: (DA 6ª)

Por otro lado, como medida inaplazable para impulsar el crédito en el ámbito de actividad primaria, se adopta una medida necesaria para asegurar un tratamiento equiparable entre la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E., elemento tractor esencial para dinamizar el flujo de crédito en el mundo agrario, y las sociedades de garantía recíproca previstos en la Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre el régimen jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca, eximiendo, en particular del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados el contrato de aval suscrito con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E., teniendo en cuenta que en las operaciones en que participa hay un coste duplicado por aplicarse dicho tributo en los dos contratos que se suscriben, el de préstamo y el de aval, que suponen un desincentivo para la constitución de dichas operaciones, esenciales en momentos de tensiones de tesorería como los actuales.

 

Otras Exenciones: (art. 21)

Exención del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua recogidos en el artículo 114 del texto refundido de la Ley de Aguas a los usuarios que han sufrido reducciones en las dotaciones por efecto de la sequía.

 

OTRAS MEDIDAS:

Protección a las personas trabajadoras: (DF 1ª)

Cabe tener en cuenta que el entorno laboral es un ámbito de especial vulnerabilidad y resulta urgente actuar garantizando una normativa preventiva eficaz. Al respecto, esta norma establece la obligación concreta de prever medidas adecuadas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos.

Así, se deberán tomar medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo las temperaturas extremas. Estas medidas se sustentarán en una evaluación de riesgos laborales que tendrán en cuenta tanto las características de la tarea como las individuales de las personas trabajadoras.

Las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos que así lo requieran, sin perjuicio de la adopción de las medidas de protección individual que sean procedentes.

En el supuesto en que se emita por las agencias de meteorología un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo que determine que las medidas preventivas anteriores no garantizan la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.

 

Rebaja de los billetes de autobús y tren de los jóvenes: (art. 30 a 34)

Igualmente, se regulan los descuentos de billetes en hasta un 90% para facilitar a los jóvenes de entre 18 y 30 años, ambos inclusive, viajar en transporte público este verano, tanto por España como por Europa.

De esta forma, los descuentos a aplicar son:

  • Para servicios de media distancia convencional y en red de ancho métrico: descuento del 90% del precio de billetes sencillos y de ida y vuelta.
  • Para servicios Avant: descuento del 50% en billetes sencillos y billetes de ida y vuelta.
  • Para servicios comerciales o alta velocidad de los operadores ferroviarios que prestan este tipo de servicio: descuento del 50% del precio del billete, con un máximo de 30 euros por billete.
  • Para servicios de autobús regular de competencia estatal: descuento del 90% del precio del billete sencillo y el de ida y vuelta.
  • Descuento del 50% del Pase Interrail, cuando el mismo se comercialice a través de Renfe.

 

Un transporte accesible para los jóvenes: (art. 30 a 34)

En la actual situación derivada de la invasión de Ucrania por Rusia, marcada por las tensiones inflacionistas que afectan, entre otros, al sector del transporte de viajeros, es necesario adoptar una política pública que facilite a los jóvenes el uso del transporte público en sus desplazamientos, tanto por España como por Europa, durante la época estival de 2023.

 

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