Proyecto de Orden de los Modelos 322 353 039 303 308

Publicado: 7 junio, 2022

MODELO 322, 353, 039, 303 y 308. Proyecto de Orden por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de comunicación de datos, correspondientes al régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los anexos i y ii de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria, y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Esta orden tiene por objeto adaptar los modelos 303, 322 y 390 a los cambios en materia de tipos impositivos introducidos en la Ley 37/92, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, por la disposición final tercera de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, así como introducir en los citados modelos modificaciones de carácter técnico que faciliten su cumplimentación por el contribuyente

Fecha: 06/06/2022

Fuente: web de la AEAT

Enlaces:  Proyecto de Orden

 

APADTACIÓN TIPO 0

En primer lugar, esta orden tiene por objeto adaptar los modelos 303, 322 y 390 a los cambios en materia de tipos impositivos introducidos en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, por la disposición final tercera de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Con efectos desde el 10 de abril de 2022, de acuerdo con el apartado Dos de la citada disposición final, las donaciones de productos a entidades sin fines lucrativos, definidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, tributarán al tipo del cero por ciento. Los vigentes modelos 303, 322 y 390 no están diseñados para la declaración del nuevo tipo impositivo del cero por ciento.

En consecuencia, es necesaria su modificación para hacer posible la declaración de las operaciones sujetas al nuevo tipo impositivo. En segundo lugar, esta orden tiene por objeto introducir en los modelos 303, 322 y 390 modificaciones de carácter técnico que faciliten su cumplimentación por el contribuyente.

HOMOGENEIZAR LA NOMENCLATURA

Con objeto de homogeneizar la nomenclatura utilizada en los diferentes modelos de autoliquidación, se modifica en los modelos 303 y 322 la denominación de la casilla B del apartado a cumplimentar en el último período de liquidación por los sujetos pasivos exonerados de presentar el modelo 390, y en el modelo 390 se modifica la denominación de la casilla B del apartado 3.

Con objeto de homogeneizar los modelos 303 y 322 que recogen tres casillas para la declaración del recargo de equivalencia, con el modelo 390 que recoge cuatro casillas, se incorpora en dichos modelos una nueva casilla para el recargo de equivalencia.

Con el objetivo de facilitar su cumplimentación por el contribuyente, se numera la casilla D del apartado 6 del modelo 303.

Por último, por razones de seguridad jurídica se suprimen los artículos 3 a 7 de la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, tácitamente derogados por la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria. Consecuencia de esta supresión, se suprimen los anexos II y III de la citada orden.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2023 y se aplicará por primera vez a las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 303 y 322, correspondientes a los periodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2023 y a la declaración-resumen anual, modelo 390, correspondiente al ejercicio 2023.

 

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