MODELOS 560, 591 y 588
IE de la ELECTRICIDAD. Proyecto de Orden, por la que se modifican la Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero, por la que se establecen la estructura y el funcionamiento del censo de obligados tributarios por el impuesto especial sobre la electricidad, se aprueba el modelo 560, “Impuesto especial sobre la electricidad. Autoliquidación”, y se determinan la forma y el procedimiento para su presentación y la Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 591 “Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica. Declaración anual de los contribuyentes” y 588 “Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre” y se establecen la forma y procedimiento para su presentación.”
Fecha: 10/06/2024
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Acceder a Documento sometido a Consulta Pública
En el ámbito del Impuesto Especial sobre la Electricidad, la Orden HAC/172/2021 estableció la forma y procedimiento de presentación de la autoliquidación y declaración informativa del impuesto. Resulta conveniente modificar algunos aspectos regulados en la mencionada Orden Ministerial para introducir cambios en el modelo de autoliquidación a la vista de las modificaciones de las que ha sido objeto la normativa reguladora del impuesto.
En relación con el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, la Orden HAP/2328/2014, establece la obligación de presentar una declaración anual informativa relativa a las operaciones desarrolladas con los contribuyentes. Resulta conveniente modificar la mencionada Orden Ministerial para introducir cambios en el modelo de declaración a la vista de las modificaciones de las que ha sido objeto la normativa reguladora del impuesto.
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