Proyecto de Orden por el que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social

Publicado: 23 febrero, 2022

COLABORACIÓN SOCIAL. Proyecto de Orden HFP/ ____ /2022, de __ de _______ , por la que se modifica la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

Fecha: 22/02/2022

Fuente: web de la AEAT

Enlaces: Texto del Proyecto

 

Esta orden constituye una norma de colaboración social en la aplicación de los tributos, sin impacto normativo apreciable, toda vez que se limita a extender el ámbito de la colaboración social a los servicios de información y asistencia que presta la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modificando la actual Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

Asimismo, con esta orden se actualizan las referencias normativas contenidas en la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

 

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