Resolución de XXX, de la Dirección General de Tributos, relativa al impuesto sobre determinados servicios digitales

Publicado: 16 junio, 2021

La DGT somete a información pública (del 10 de junio de 2021 hasta el 21 de junio) esta Resolución que resolverá algunas dudas sobre IDSD y que tendrá efectos vinculantes

Fecha: 10/06/2021

Enlace: Documento sometido a trámite de información pública

 

Con la presente resolución se pretende establecer un marco interpretativo y aclaratorio, claro y preciso, que proporcione seguridad jurídica en la aplicación práctica de las normas relativas al IDSD, lo cual se considera imprescindible teniendo en cuenta tanto su novedad como su inmediata aplicación.

Así, se estima conveniente fijar criterios de interpretación y aclaración respecto al hecho imponible de publicidad, en concreto qué debe entenderse por publicidad dirigida, quién debe considerarse como el proveedor de los servicios de publicidad. Asimismo, se entiende necesario aclarar el hecho imponible de intermediación y el supuesto de no sujeción previsto en la letra a) del artículo 6 de la Ley. Por otro lado, se introduce una aclaración en relación con el supuesto de no sujeción de la letra f) del citado artículo 6 de la Ley del impuesto. Finalmente, se considera oportuno aclarar los artículos 9 y 10, relativos al devengo y a la base imponible, respectivamente.

 

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