TRATADOS INTERNACIONALES
CONVENIO MULTILATERAL. Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016. Notificación de España el 2 de octubre de 2024 al Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) como depositario del Convenio, de conformidad con las disposiciones de su artículo 35.7.
En virtud del artículo 35.1.b) del convenio, el Reino de España comunica su intención de aplicar un plazo inferior a los seis meses naturales a los siguientes convenios:
Esta notificación se incorporará al documento que contiene todas las notificaciones por las que el Reino de España confirma que ha concluido sus procedimientos internos en relación con los convenios fiscales comprendidos a efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio. Dicho documento puede consultarse en el anexo.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, el Reino de España confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus procedimientos internos para que surtieran efecto las disposiciones del convenio en relación con los siguientes convenios:
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