REGLAMENTO ARRAIGO EMPRESARIAL
DECRETO FORAL 28/2024, de 20 de marzo, por el que se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley Foral 18/2020, de 16 de diciembre, sobre medidas a favor del arraigo empresarial y contra la deslocalización.
El cuarto y último capítulo «Reintegro de las ayudas» se estructura en cuatro artículos. En el primero de ellos se recoge cuál es la consecuencia de que una empresa incurra en deslocalización en Navarra, que no es otra que la obligación de tener que devolver las ayudas percibidas durante los últimos ocho años. En el articulado restante se detalla la competencia y el procedimiento para exigir este reintegro de ayudas por deslocalización empresarial.
Una vez cobre firmeza la resolución de reintegro, la empresa dispondrá de un plazo de tres meses para proceder al reintegro de la ayuda. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera procedido al reintegro, se iniciará la vía de apremio conforme a lo previsto en el capítulo V del título IV de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.