DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Decreto Foral Normativo 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales.
RESUMEN:
Este Decreto modifica el Decreto Foral Normativo 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales, para incorporar:
- La creación de un nuevo Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina y otros productos de nicotina.
- La adaptación normativa foral a las modificaciones introducidas por la Ley 7/2024, de 20 de diciembre (estatal), que afecta a los impuestos especiales.
El decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, es decir, el 8 de julio de 2025.
Modifica el Decreto Foral Normativo 4/2023, incluyendo:
- Un nuevo capítulo (Capítulo IX) con el desarrollo completo del nuevo impuesto.
- Definiciones específicas de productos sujetos: líquidos para vapeo, bolsas de nicotina y otros productos de nicotina sin tabaco.
- Nuevos artículos relacionados con:
- Hecho imponible, devengo, base imponible, contribuyentes y exenciones.
- Tarifas específicas:
- Líquidos sin o con ≤15 mg/ml de nicotina: 0,15 €/ml
- Líquidos con >15 mg/ml de nicotina: 0,20 €/ml
- Bolsas de nicotina: 0,10 €/g
- Otros productos de nicotina: 0,10 €/g
4. Regulación del régimen suspensivo, devolución de cuotas, declaración informativa inicial, e infracciones.

