MEDIDAS URGENTES
DECRETO-LEY 5/2026, de 1 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2026 y en materia preventiva de incendios forestales. (2026DE0005
Medidas en materia tributaria (Capítulo V)
Bonificación en el impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos (art 26)
Efectos: para la temporada cinegética 2027/2028
Bonificación: 100% de la cuota tributaria devengada por el Impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos por la superficie afectada por los incendios en los que no se hubiera podido desarrollar la actividad cinegética durante la temporada 2026/2027.
Bonificación de determinadas tasas vinculadas al aprovechamiento cinegético (art 27)
Efectos: para la temporada cinegética 2027/2028
Bonificación: 100% de la cuota tributaria de las siguientes tasas:
a) Tasa por aprobación o modificación de planes técnicos de caza, planes técnicos de caza simplificados y planes técnicos agrupados (código n.º 12018-1), de aplicación exclusiva a las solicitudes de modificación del plan técnico de caza o el plan técnico agrupado.
b) Tasa por autorización de introducción, reintroducción o reforzamiento de especies cinegéticas (código n.º 12022-4).
c) Tasa por autorización de acciones cinegéticas sometidas al régimen de autorización administrativa previa (código n.º 12025-1).
d) Tasa por autorización de constitución, modificación, cambio de titular o baja de coto de caza (código n.º 12028-5), de aplicación exclusiva a:
— Solicitudes de modificación de superficie, cambio de clasificación de coto privado y cambio de titular.
— Solicitudes de baja de coto de caza.
— Solicitudes de constitución de refugio para la caza.
e) Tasa por precinto para especies de caza mayor en acciones de caza sin asistencia de veterinario oficial (código n.º 12054-0).
f) Tasa por la comprobación, tramitación y validación de comunicaciones previas de acciones cinegéticas (código n.º 12055-6)
Bonificación de determinadas tasas vinculadas a la actividad ganadera (Art 28)
Efectos: para la temporada cinegética 2027/2028
Bonificación: 100% de la cuota tributaria de las siguientes tasas:
a) Tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios (código n.º 12005-0).
b) Tasa por la prestación de servicios veterinarios para la realización de pruebas de sanidad animal en casos de petición de parte de la persona o entidad ganadera, incluida la realización de los análisis de confrontación solicitados por éstos (código n.º 12011-1).
c) Tasa por gestión de la solicitud de crotales de identificación y suministro de documentación para ganado bovino (código n.º 12012-0).
d) Tasa por gestión de solicitudes de identificadores para ganado ovino y caprino (código n.º 12014-5).

