IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS. Orden HAC/510/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 604

Publicado: 28 mayo, 2021

IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS. Orden HAC/510/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 604 «Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación» y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.

Artículo 3. Plazo de presentación del modelo 604, «Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación».

El período de liquidación coincidirá con el mes natural de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley 5/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 6.1 y 8 del Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se modifican otras normas tributarias, el modelo 604, «Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación», deberá presentarse e ingresarse, según corresponda, por el depositario central de valores o por el sujeto pasivo, entre los días diez y veinte del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.

Disposición transitoria única. Primeras autoliquidaciones del Impuesto.

No obstante, lo previsto en el artículo 3 de esta orden, la presentación de las autoliquidaciones correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2021, así como el ingreso de las respectivas deudas tributarias, se efectuará en el plazo para la presentación e ingreso de la autoliquidación correspondiente al mes de mayo de 2021.

 

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