LEY FORAL 14/2023, de 5 de abril, del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
Entrada en vigor: La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables tendrá efectos desde el 1 de enero de 2023, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria séptima del Convenio Económico.
En el ámbito estatal y con el objetivo de reducir la generación de residuos plásticos y fomentar el reciclaje, se creó el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables mediante la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Esta nueva figura impositiva se articula como un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización en el territorio español de envases que, conteniendo plástico, no son reutilizables.
La disposición final décima de la misma ley señala que en el plazo de seis meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado se acordará la adaptación del Convenio Económico, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra aprobado por la Ley 28/1990, de 26 de diciembre.
En virtud del acuerdo suscrito el 28 de diciembre de 2022 por el Estado y la Comunidad Foral de Navarra en la Comisión Negociadora del Convenio Económico, en la exacción del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables Navarra aplicará las mismas normas sustantivas y formales establecidas en cada momento por el Estado.
Por esta razón, la presente ley foral tiene por objeto regular el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
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