ORDEN de 4 de julio de 2024 de CANARIAS del plazo de autorización a las tiendas libres de impuestos

Publicado: 17 julio, 2024

COMERCIO ELECTRÓNICO

ORDEN de 4 de julio de 2024, por el que se amplía el plazo de autorización a las tiendas libres de impuestos para efectuar ventas por comercio electrónico.

 

Artículo único. Prórroga de la autorización a las tiendas libres de impuestos para la venta por comercio electrónico.

  1. Con efectos desde el día 1 de julio de 2024 y hasta el día 31 de diciembre de 2024, se autoriza a las tiendas libres de impuestos a que efectúen ventas por comercio electrónico, excepto labores del tabaco, a particulares aunque no se trate de viajeros.

Se entiende por labores del tabaco las contenidas en el artículo 4 de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias.

  1. En los supuestos a que se refiere el apartado anterior, las tiendas libres de impuestos deberán efectuar con carácter previo el despacho a consumo de dichas mercancías, y cumplir con el conjunto de las obligaciones y deberes de naturaleza tributaria derivada de la normativa reguladora de los impuestos gestionados por la Agencia Tributaria Canaria.

 

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