ORDEN FORAL 126/2022 de NAVARRA por la que se aprueba el modelo 190 – Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF

Publicado: 10 enero, 2023

ORDEN FORAL 126/2022, de 19 de diciembre, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 3/2018, de 8 de enero, del consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 190, “Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades empresariales y profesionales, premios y determinadas imputaciones de renta”.

Es objeto de esta orden foral realizar determinadas modificaciones en la Orden Foral 3/2018, de 8 de enero, del consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 190, “Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades empresariales y profesionales, premios y determinadas imputaciones de renta”. Estas modificaciones persiguen mejorar la calidad de la información que la Administración recibe por medio de este modelo, como elemento clave para la efectividad de las actuaciones de asistencia, investigación y control que tiene encomendadas la Hacienda Foral de Navarra.

En primer lugar, se modifica el modelo 190 para que se informen de forma separada los rendimientos de trabajo exentos recibidos como premio por la invención de activos intangibles y el resto de rendimientos de trabajo exentos no especificados, de las otras rentas exentas.

Adicionalmente y con el objetivo de mejorar la gestión de la prestación por Ingreso Mínimo Vital regulada en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, y de la prestación por Renta Garantizada establecida en la Ley Foral 15/ 2016, de 11 de noviembre, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y la Renta Garantizada, se ha advertido la conveniencia de incluir en el modelo 190 la información sobre la identificación del titular de la unidad de convivencia; ya que, en muchos casos, esta identificación no coincide ni con el perceptor de la prestación ni con la identidad del representante del menor. Igualmente, se considera necesario incluir un nuevo campo para identificar los supuestos en los que la prestación del ingreso mínimo vital incluye, en cualquiera de las mensualidades satisfechas en el ejercicio, cuantías correspondientes al complemento de ayuda para la infancia previsto en la citada Ley 19/2021, de 20 de diciembre.

Por último, se mejora la redacción de la orden foral en lo relativo a la forma, habilitación, condiciones generales y procedimiento de presentación del modelo.

Por todo lo anterior, en ejercicio de las habilitaciones establecidas en el artículo 87.2.c) del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y la disposición adicional séptima de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.

 

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