ORDEN FORAL 13/2023 de NAVARRA del régimen especial para personas trabajadoras desplazadas y modelos 149 y 150

Publicado: 17 marzo, 2023

NAVARRA

MODELO 149

ORDEN FORAL 13/2023, de 28 de febrero, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas, y se aprueban los modelos 149 «Comunicación de la opción, renuncia, exclusión y fin del plazo de aplicación del régimen especial para personas trabajadoras desplazadas» y 150 «Autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del régimen especial para personas trabajadoras desplazadas».

 

La Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, ha modificado el régimen especial de personas trabajadoras desplazadas previsto en el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.

El régimen especial, hasta ahora previsto en el artículo 10.2, se incorpora a una nueva sección 6.ª en el capítulo II del título III del texto refundido. Por un lado, se amplía su ámbito de aplicación, que ya no se circunscribe únicamente al ámbito de la I+D+i y la docencia universitaria, sino que alcanza también a actividades de organización, gerencia, de carácter técnico, financieras o comerciales. Por otro lado, el régimen se podrá aplicar también al cónyuge o pareja estable de la persona trabajadora desplazada.

No obstante, el ámbito de aplicación no incluye a personas trabajadoras desplazadas por su empresa empleadora a filiales situadas en el extranjero, si transcurrido ese tiempo (que puede ser de hasta 10 años) vuelven a su empresa o a otra filial situada en España, puesto que esta situación no contribuye a alcanzar el objetivo del incentivo fiscal, que no es otro que la atracción de talento a la Comunidad Foral de Navarra.

Asimismo, las personas que opten en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el régimen especial de personas trabajadoras desplazadas tributarán por obligación real en el Impuesto sobre el Patrimonio.

(…)

Como consecuencia de las modificaciones introducidas por la Ley Foral 36/2022 en el régimen especial de personas trabajadoras desplazadas, resulta necesario actualizar el contenido de ambas órdenes forales para adaptarlo al régimen vigente. Aprovechando tal situación y, considerando que conviene unificar el desarrollo reglamentario en una sola norma, es esta orden foral la que tiene ese objetivo y, en consecuencia, deroga las órdenes forales anteriores.

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