Orden Foral 136/2024 de GIPUZKOA por la que se aprueba el modelo 379 «Declaración informativa sobre pagos transfronterizos»

Publicado: 17 abril, 2024

DECLARACIONES INFORMATIVAS. MODELO 379. Orden Foral 136/2024, de 3 de abril, por la que se aprueba el modelo 379 «Declaración informativa sobre pagos transfronterizos» y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.

 

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación y resultará de aplicación por primera vez a las declaraciones informativas correspondientes al primer trimestre del ejercicio 2024. No obstante, el modelo 379 correspondiente al primer trimestre de 2024 deberá presentarse, en el mismo plazo que la declaración correspondiente al segundo trimestre de 2024.

 

En el ámbito de las Comunidades Autónomas de Régimen General, el Modelo 379 se aprobó por la Orden HFP/1415/2023, de 28 de diciembre,  por la que se aprueba el modelo 379 «Declaración informativa sobre pagos transfronterizos» y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.(BOE, 30-diciembre-2023), que entró en vigor el pasado 1 de enero.

 

Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 379, «Declaración informativa sobre pagos transfronterizos».

El modelo 379 tendrá una periodicidad trimestral y deberá presentarse, respecto de los pagos transfronterizos realizados en cada trimestre natural, en el plazo previsto en el artículo 81 bis del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.

 

Enlace la las FAQs publicadas en la web de la AEAT: Preguntas frecuentes sobre la declaración informativa de pagos transfronterizos (06/02/2024)

 

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