ORDEN FORAL 25/2026 de NAVARRA de los modelos 440 y 442

Publicado: 23 marzo, 2026

IMPUESTO COMPLEMENTARIO. ORDEN FORAL 25/2026, de 13 de marzo, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 440 «Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del impuesto complementario» y el modelo 442 «Autoliquidación del impuesto complementario», y se desarrolla la declaración informativa del Impuesto Complementario.

 

Disposición transitoria primera.–Plazo de presentación del modelo 440 y de la declaración informativa correspondiente al periodo impositivo de transición.

De acuerdo con el apartado 1 de la disposición transitoria tercera del Reglamento del Impuesto Complementario, la presentación de la declaración informativa del Impuesto Complementario correspondiente al periodo impositivo de transición deberá realizarse dentro de los dos meses previos al último día del decimoctavo mes posterior a la conclusión de dicho período impositivo de transición.

En todo caso, cualquier declaración informativa que se refiera a periodos impositivos que finalicen antes del 31 de marzo de 2025 deberá presentarse dentro de los dos meses previos al 30 de junio de 2026, cualquiera que sea el período impositivo de transición.

En el caso previsto en el párrafo anterior, el modelo 440, «Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del Impuesto Complementario», deberá presentarse dentro de los dos meses previos al 30 de junio de 2026.

 

Disposición transitoria segunda.–Plazo de presentación del modelo 442 correspondiente al periodo impositivo de transición.

De acuerdo con el apartado 2 de la disposición transitoria tercera del Reglamento del Impuesto Complementario, la presentación del modelo 442, «Autoliquidación del Impuesto Complementario», correspondiente al periodo impositivo de transición deberá realizarse en el plazo de los 25 días naturales siguientes al decimoctavo mes posterior a la conclusión de dicho período impositivo de transición.

En todo caso, ningún modelo 442, cualquiera que sea el período impositivo a que se refiera, podrá presentarse antes del 30 de junio de 2026, computándose el plazo de 25 días a que se refiere el apartado anterior a partir de dicha fecha.

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