ORDEN FORAL 5/2024 de NAVARRA por la que se aprueba el modelo 190

Publicado: 13 febrero, 2024

MODELO 190. ORDEN FORAL 5/2024, de 26 de enero, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 3/2018, de 8 de enero, por la que se aprueba el modelo 190, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre rendimientos del trabajo de actividades empresariales y profesionales, premios y determinadas imputaciones de renta», y la Orden Foral 189/2015, de 29 de junio, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.»

 

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, y será aplicable por primera vez para la presentación de los modelos 190 y 270 correspondientes al ejercicio 2023 y cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2024.

No obstante, el apartado Dos del artículo primero de esta orden foral será aplicable por primera vez para la presentación del modelo 190 correspondiente al ejercicio 2025 y cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026.[1]

Dos.–Se modifica el contenido del campo «SUBCLAVE», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2 (registro de percepción), de los diseños de registro que se contienen en el anexo II, creando nuevas subclaves a utilizar dentro de las percepciones correspondientes a la clave «C. Prestaciones o subsidios de desempleo», en los siguientes términos:

«SUBCLAVE: Sólo para claves B, C, E, F, G, H, I, K, L e Y. En los demás casos rellenar a ceros»

«Subclaves a utilizar para calve de percepción C:

  1. Prestaciones por desempleo. Se incluirán en esta subclave las prestaciones por desempleo que, debiendo relacionarse en el modelo 190, sean distintas de las específicamente señaladas en las subclaves siguientes.
  2. Prestaciones por desempleo ERE. Se consignarán en esta subclave las prestaciones por desempleo satisfechas vinculadas a la normativa reguladora de los expedientes de regulación de empleo (ERE).
  3. Prestaciones por desempleo ERTE. Se consignarán en esta subclave las prestaciones por desempleo satisfechas vinculadas a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).
  4. Prestación por cese de actividad de trabajadores autónomos. Se consignarán en esta subclave las prestaciones por cese de actividad (de carácter extraordinario o no) satisfechas a trabajadores autónomos.
  5. Subsidios por desempleo. Se consignarán en esta subclave los diferentes subsidios satisfechos, en su modalidad no contributiva, tales como los subsidios por cotización insuficiente, subsidios para mayores de 45 o 52 años, para emigrantes retornados, el subsidio extraordinario por desempleo y otros subsidios de carácter no contributivo, a excepción de la renta activa de inserción, que se reflejará en la subclave 06 siguiente.
  6. Renta activa de inserción. Ayuda económica satisfecha vinculada a la realización de las acciones en materia de políticas activas de empleo que no conlleven retribuciones salariales.
  7. Otras prestaciones, subsidios o ayudas. Se consignarán en esta subclave las prestaciones, subsidios o ayudas satisfechas que no deban reflejarse en las subclaves anteriores.»

[[1]]  Esta misma modificación, con las mismas fechas de entrada en vigor, se introduce en el modelo 190 de ámbito estatal por la Orden HFP/1286/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, y la Orden HAP/2368/2013, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.

 

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