Orden Foral 544/2023 de GUIPUZKOA del Modelo 198

Publicado: 13 diciembre, 2023

MODELO 198. Orden Foral 544/2023, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Orden Foral 27/2018, de 21 de enero, por la que se aprueban el modelo 198 «Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios», y sus formas de presentación.

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y será de aplicación, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que se presentarán a partir de 2024.

Por Orden Foral 27/2018 de 21 de enero, se aprobó el modelo 198 «Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios», y sus formas de presentación.

Desde su aprobación ha sido objeto de sucesivas modificaciones anuales, al objeto, entre otros, de mejorar la calidad de información de la cartera de valores del contribuyente o de evitar que queden operaciones sin relacionar porque una de ellas se realice en un ejercicio y la otra en un ejercicio posterior.

En este momento, resulta imprescindible introducir en los diseños de registro del modelo determinadas modificaciones para adaptarlo a la regulación sustantiva actual.

Modificaciones:

En primer lugar, se introduce un nuevo campo, «Sanciones», en el registro de tipo 1, registro de declarante, para informar adecuadamente de las compensaciones y sanciones derivadas de lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) 2018/1229 de la Comisión, de 25 de mayo de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la disciplina de liquidación.

En segundo lugar, debido a la derogación del Real Decreto 1416/1991, de 27 de septiembre, sobre operaciones bursátiles especiales y sobre transmisión extrabursátil de valores cotizados y cambios medios ponderados, se modifica el campo «clave de operación», del registro de tipo 2, registro de declarado, para eliminar las claves B y U, por resultar actualmente innecesarias. Por el mismo motivo se suprime el campo «código de relación», del registro de tipo 2, registro de declarado.

En tercer lugar, se incluye una nueva clave L en el campo «clave de valor», del registro de tipo 2, registro de declarado, para identificar los contratos por diferencias, productos financieros complejos comúnmente conocidos por sus siglas en inglés «CFD».

En cuarto lugar, y en consonancia con todo lo anterior, se amplía el número de posiciones (que, además, se reubican), de los campos «número de orden», «número de orden de la operación relacionada» y «número de activos financieros y otros valores».

 

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