GIPUZKOA. MODELO 130 y 005. Orden Foral 552/2022, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Orden Foral 121/2018, de 15 de marzo, por la que se establecen los procedimientos de realización de los pagos fraccionados en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y se aprueban los modelos 130, de autoliquidación del pago fraccionado, y 005, de domiciliación del referido pago fraccionado.
(…) La Orden Foral 121/2018, de 15 de marzo, por la que se establecen los procedimientos de realización de los pagos fraccionados en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y se aprueban los modelos 130, de autoliquidación del pago fraccionado, y 005, de domiciliación del referido pago fraccionado, aprobó, como su propio nombre indica, el modelo 005, «Domiciliación permanente del pago fraccionado por los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas que ejercen actividades económicas», y sus formas y plazos de presentación.
Respecto a este último aspecto, el preámbulo de la orden foral alude a la plataforma Zergabidea y a su progresiva implantación para que, en un futuro, sea el medio para la presentación electrónica de todos los modelos. Se apuntaba que la implantación del nuevo sistema se estaba llevando a cabo de forma gradual, y que la incorporación del modelo 005 al sistema no sería inmediata por lo que, aunque el articulado de la orden foral sí preveía la presentación de dicho modelo a través de Zergabidea, la orden foral incluía una disposición transitoria para posibilitar la presentación electrónica del modelo desde el portal de trámites y servicios telemáticos «Gipuzkoataria», en tanto que el referido modelo 005 no se incorporara a la nueva plataforma.
Este periodo de provisionalidad llega a su fin con la incorporación del modelo 005 a la plataforma Zergabidea. La presente orden foral tiene por objeto adecuar las formas de presentación del citado modelo a la nueva situación, para lo cual se modifica la citada Orden Foral 121/2018.
Esta novedad viene acompañada de la eliminación del soporte papel como forma de presentación del modelo 005, de tal manera que el modelo se deberá presentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la plataforma Zergabidea. Así pues, en adelante, las solicitudes de alta y de baja en la domiciliación permanente de los pagos fraccionados, de cargo de un importe superior o de modificación de la cuenta bancaria de domiciliación se deberán efectuar exclusivamente por medios electrónicos, mediante la plataforma Zergabidea.
Al mismo tiempo, se aprovecha para acomodar el texto regulador de las formas de presentación del modelo 130 a la incluida en relación con el modelo 005, ajustada a la actual terminología relativa a la plataforma Zergabidea.
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