ORDEN FORAL 591/2023 de los MODELO 504, 505 y 507de BIZKAIA

Publicado: 22 noviembre, 2023

MODELO 504, 505 y 507. ORDEN FORAL 591/2023, de 13 de noviembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueban las normas de desarrollo con relación a los movimientos de envíos garantizados, los modelos 504 Solicitud de Autorización de expedición o recepción de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación en destino a o procedentes del resto de la Unión Europea; 505 Autorización de expedición o recepción productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación con destino a o procedentes del resto de la Unión Europea; 507 Solicitud de devolución en el sistema de envíos garantizados, se determina la forma y procedimiento para su presentación y se regula la inscripción en el Registro territorial.

Artículo 3. Obligados a la inscripción en el registro territorial

Los expedidores y destinatarios certificados habituales deberán solicitar la inscripción en el registro territorial de la Oficina Gestora de impuestos especiales donde radique su domicilio fiscal.

También estarán obligados a su inscripción en este registro territorial, como expedidores certificados, las fábricas o depósitos fiscales o los expedidores registrados que vayan a realizar de manera habitual envíos garantizados a otros Estados miembros de la Unión Europea. De la misma forma estarán obligados a dicha inscripción, como destinatarios certificados, las fábricas, depósitos fiscales o los destinatarios registrados que vayan a recibir de manera habitual envíos garantizados en el ámbito territorial interno.

Disposición Transitoria Primera. Régimen transitorio de los procedimientos

Las nuevas disposiciones previstas para los envíos garantizados en la Directiva 2020/262, serán de aplicación a partir del 13 de febrero de 2023. No obstante, al objeto de permitir la recepción de productos objeto de impuestos especiales enviados con anterioridad a dicha fecha por el procedimiento de envíos garantizados, se seguirán aplicando los trámites recogidos en los artículos 33, 34 y 35 de la Directiva 2008/118/CE del Consejo, hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

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