BIZKAIA. IMPUESTO SOBRE DETERMINADOS SERVICIOS DIGITALES. ORDEN FORAL 97/2023, de 21 de marzo, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se modifica la Orden Foral 655/2022, de 22 de junio, del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se aprueba el modelo 490 de Autoliquidación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y se modifica el plazo de presentación del modelo 179 Declaración Informativa de la cesión de viviendas para uso turístico.
El modelo de autoliquidación, anexo a esta Orden Foral, va a ser aplicable con efectos para las autoliquidaciones correspondientes al primer trimestre de 2023, cuyo plazo de presentación se inicie el 1 de abril de 2023.
En relación al modelo 179, «Declaración informativa de la cesión de uso de viviendas para uso turístico», analizado el contenido de dicha declaración, se ha considerado procedente modificar su plazo de presentación, de forma que se realice con una periodicidad anual.

