Orden Foral de NAVARRA por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos de uso profesional

Publicado: 16 diciembre, 2022

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. DEVOLUCIÓN IMPUESTO HIDROCARBUROS. ORDEN FORAL 118/2022, de 24 de noviembre, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.

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Recientemente el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, modificó la Orden HAP/290/2013 para habilitar la devolución mensual, en lugar de trimestral, del gasóleo profesional. En Navarra, la Orden Foral 43/2022, de 1 de abril, modificó la Orden Foral 121/2013 para establecer esta periodicidad mensual.

Por otra parte, la Orden HFP/941/2022 actualiza la regulación del procedimiento de devolución del impuesto. En concreto, además de implantar plenamente el sistema de pago mensual de la devolución, elimina las referencias al tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos que recogía el artículo 50 ter de la Ley de Impuestos Especiales y que fue derogado por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. Asimismo, adapta la norma al marco legal vigente del Código de Identificación Minorista (CIM) utilizado en la gestión de la devolución parcial por el gasóleo de uso profesional.

En aras a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35.5 del Convenio Económico, se aprueba esta Orden Foral para introducir las mimas modificaciones en la regulación foral del procedimiento para la práctica de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.

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Disposición final única.–Entrada en vigor.

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

 

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