PRECIOS MEDIOS DE VENTA. Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Esta orden entrará en vigor el día 1 de enero del año 2026.
- La última actualización realizada se ha llevado a efecto por el Ministerio de Hacienda, Orden HAC/1484/2024, de 26 diciembre, en la que se establecía, como se hace en esta orden, que los precios medios de venta pudieran utilizarse como medios de comprobación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
- En el anexo I de la orden, en la columna relativa al modo de propulsión de los vehículos, se han identificado de forma separada los modelos híbridos enchufables (PHEV: «Plug-in Hybrid») por las diferentes ventajas aplicables a este tipo de vehículos.
- Se han modificado los porcentajes de valoración de uso de las embarcaciones y motores marinos, así como su valor residual, para adaptarlos a la realidad del mercado.

- En lo que se refiere al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, para adecuar dicha valoración a los criterios de la Unión Europea, se mantiene la fórmula que elimina del valor de mercado, a efectos de dicho impuesto, la imposición indirecta ya soportada por el medio de transporte usado de que se trate, cuando hubiera estado previamente matriculado en el extranjero.

