Ordenes Forales de GUIPUZKOA de modificación de los modelos de IVA

Publicado: 19 enero, 2023

Los vigentes modelos 300, 320, 322 y 330 no están diseñados para la declaración de los nuevos tipos impositivos. En consecuencia, es necesaria su modificación para hacer posible la declaración de las operaciones sujetas al nuevo tipo impositivo.

La presente orden foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y resultará de aplicación a las autoliquidaciones del impuesto sobre el valor añadido, modelos 300, 320, 322 y 330, a presentar a partir del 1 de enero de 2023.

 

El vigente modelo 309 no está diseñado para la declaración de los nuevos tipos impositivos. En consecuencia, es necesaria su modificación para hacer posible la declaración de las operaciones sujetas a los mismos.

La presente orden foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y resultará de aplicación a las autoliquidaciones del impuesto sobre el valor añadido, modelo 309, a presentar a partir del 1 de enero de 2023.

 

  • Orden Foral 10/2023, de 16 de enero, por la que se aprueba el modelo 370 denominado, «autoliquidación trimestral del régimen general y del régimen especial simplificado del impuesto sobre el valor añadido», y se regulan las formas y los plazos de su presentación e ingreso.

El vigente modelo 370 no está diseñado para la declaración de los nuevos tipos impositivos. En consecuencia, es necesaria su modificación para hacer posible la declaración de las operaciones sujetas a los mismos.

La presente orden foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y resultará de aplicación a las autoliquidaciones del impuesto sobre el valor añadido del modelo 370, a presentar a partir del 1 de enero de 2023.

 

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