APORTACIONES A SISTEMAS DE PREVISIÓN SOCIAL. Real Decreto 1039/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
Entrada en vigor: 30/12/2022 a excepción artículo 2 (Modificación del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio) que entrará en vigor el 1 de enero de 2023
La finalidad de este real decreto es:
- Efectuar las modificaciones reglamentarias necesarias en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en lo que afecta a los límites de reducción en la base imponible del impuesto por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social y por la equiparación del régimen fiscal de los productos paneuropeos de pensiones individuales al tratamiento previsto en la Ley del Impuesto para los planes de pensiones , en particular al régimen de solicitud de los excesos de aportaciones a los distintos sistemas de previsión social.
- Modificar los importes a partir de los cuales debe practicarse retención e ingreso a cuenta, en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del trabajador.
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