PENSIONES. Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social.
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley que incluye la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones públicas para 2026, así como otras medidas relevantes en materia de Seguridad Social. La subida, que ya fue efectiva en enero, supone un incremento del 2,7% con carácter general de las pensiones contributivas.
El texto contempla modificaciones en materia de cotizaciones, una prórroga de la compatibilidad de jubilación y trabajo para profesionales sanitarios y ajustes técnicos.
En total, se revalorizan alrededor de 13 millones de pensiones y prestaciones. Entre ellas, se encuentran las pensiones contributivas y no contributivas, las de Clases Pasivas, las de los hogares a los que alcanza el Ingreso Mínimo Vital y quienes tengan reconocida la asignación por hijo a cargo con discapacidad igual o superior al 65%.
El incremento de las pensiones contributivas es el resultado del índice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, según la fórmula establecida en la Ley 20/2021, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, aprobada en 2021 y acordada con los interlocutores sociales. De esta manera, se da cumplimiento a la recomendación 2ª del Pacto de Toledo, que garantiza el poder adquisitivo de los pensionistas en base a la evolución del IPC.
La revalorización supone, aproximadamente, 570 euros adicionales al año para las personas con una pensión media de jubilación, mientras que las pensiones medias del sistema aumentan en torno a 500 euros anuales. Este incremento beneficiará a los 9,4 millones de personas que reciben más de 10,4 millones de pensiones contributivas, además de las 734.900 pensiones correspondientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado.
El complemento para la reducción de la brecha de género, por su parte, se revaloriza un 2,7% sobre la cuantía reconocida en 2025.
Se mantiene el incremento de las pensiones mínimas, de las no contributivas (PNC) y del IMV de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023 y en virtud de la recomendación 15ª del Pacto de Toledo.
Las pensiones mínimas se incrementan en un 7% en 2026. Este porcentaje es mayor para pensiones con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares que aumentarán un 11,4%. Por su parte, las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital se revalorizarán un 11,4%, de acuerdo con lo establecido en el real decreto-ley.
Las pensiones de vejez e invalidez (SOVI) se revalorizan en un 7,07% para 2026, lo que supone alcanzar los 599,60 euros mensuales en el caso de las no concurrentes, y los 582,10 euros mensuales para las concurrentes.
La pensión mínima de jubilación para titulares con 65 años o más en hogares unipersonales se fija en 13.106,80 euros anuales (frente a los 12.241,6 euros de 2025) y de 17.592,40 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2025 ha sido de 15.786,4 euros).
La asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanza en 2026 los 5.962,80 euros al año, mientras que la asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 75% se sitúa en 8.942,40 euros anuales, es decir, un incremento interanual del 2,7%.
El real decreto-ley incluye otras medidas que afectan a colectivos específicos. Se regula una cotización adicional para los bomberos forestales y los agentes forestales y medioambientales, lo que permite activar los coeficientes reductores que hacen posible el anticipo de la edad de jubilación de estos colectivos, en reconocimiento a la especial penosidad y peligrosidad de su trabajo.
Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 la posibilidad de que los facultativos de Atención Primaria, médicos de familia y pediatras puedan compatibilizar la pensión de jubilación con el ejercicio de su actividad profesional.
El texto aprobado incluye también distintos ajustes técnicos en materia de cotizaciones Se actualiza la base mínima de cotización y los grupos de cotización. El tope máximo de cotización se fija en 5.101,20 euros y actualiza la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, así como la cuota de solidaridad y, en el caso de los trabajadores autónomos, se prorrogan durante 2026 los tramos de rendimientos netos vigentes en 2025.
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