RESOLUCIÓN DE CATALUÑA por la que se establecen determinadas restricciones para la activación del Plan especial de emergencias por inundaciones

Publicado: 4 noviembre, 2024

RESOLUCIÓN ISP/3888/2024, de 3 de noviembre, por la que se establecen determinadas restricciones para la activación del Plan especial de emergencias por inundaciones de Cataluña (INUNCAT).

Esta resolución, emitida por el Departamento de Interior y Seguridad Pública de Cataluña, establece restricciones temporales para hacer frente al riesgo grave de inundaciones que afecta a varias comarcas, de acuerdo con la activación en fase de alerta del Plan especial de emergencias por inundaciones de Cataluña (INUNCAT).

Medidas Principales:

Restricciones de Movilidad:

En las zonas afectadas, queda restringida la movilidad, excepto en casos de fuerza mayor y para servicios esenciales.

La relación de comarcas afectadas, según los avisos vigentes del Servicio Meteorológico de Cataluña, donde se prevé la superación del umbral alto por intensidad de lluvia (posible superación 40 litros/m2 en 30 minutos) son L’Alt Camp, Baix Camp, Baix Ebre, Baix Penedès, Montsià, Priorat, Ribera d’Ebre, Tarragonès y Terra Alta, consta actualizada en la página web siguiente: https://www.meteo.cat/prediccio/general

Suspensión de Actividades:

Se ordena la suspensión de toda actividad educativa, deportiva y universitaria, incluyendo centros adscritos a universidades y de investigación universitaria.

Ámbito Temporal y Territorial: Las medidas se aplican desde las 00:00 h hasta las 14:00 h del 4 de noviembre de 2024 en las comarcas con avisos de peligro por intensidad de lluvia emitidos por el Servicio Meteorológico de Cataluña.

Régimen Sancionador: El incumplimiento de estas medidas puede conllevar sanciones según la Ley de protección civil de Cataluña.

Publicación y Difusión: La resolución entra en vigor con su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) y se difundirá por los canales oficiales de la Generalidad.

Recursos: Esta resolución agota la vía administrativa, y las personas interesadas pueden interponer:

Recurso de reposición ante el consejero de Interior en el plazo de un mes.

Recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses.

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