UE. ACCESO A INFORMACIÓN CUENTAS BANCARIAS. La Comisión acoge con satisfacción el acuerdo político para proporcionar a las fuerzas del orden un mejor y más rápido acceso a la información financiera
Fecha: 06/06/2023
Fuente: web de la CE
Enlace: Nota
La Comisión acoge con satisfacción el acuerdo político de hoy entre el Parlamento Europeo y el Consejo para proporcionar a las fuerzas del orden un mejor y más rápido acceso a la información financiera. Este acuerdo es clave en la lucha contra la delincuencia grave y organizada. La delincuencia grave y organizada no conoce fronteras. Por lo tanto, las autoridades que llevan a cabo investigaciones en un Estado miembro a menudo necesitan acceder a información sobre cuentas bancarias mantenidas en otros Estados miembros.
Las nuevas reglas brindarán a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley un acceso rápido a la información sobre las cuentas en las que los delincuentes y terroristas guardan u ocultan sus fondos o activos. La Directiva acordada les dará acceso al punto de acceso único que interconecta los registros de cuentas bancarias y armonizará el formato en el que los bancos y las criptoempresas envían registros de transacciones a las autoridades investigadoras. Un rastreo más rápido de los activos derivados del delito también permitirá un decomiso más efectivo de las ganancias delictivas.
La nueva Directiva de la UE establecerá:
- Acceso directo a la información de las cuentas bancarias en toda la Unión: las autoridades policiales y las oficinas de recuperación de activos tendrán acceso directo a la información de las cuentas bancarias en toda la Unión, a través del punto de acceso único que interconecta los registros de cuentas bancarias. Esto permitirá a las autoridades identificar los bancos en los que los sospechosos tienen sus cuentas. Las garantías de protección de datos garantizarán que solo se ponga a disposición información limitada sobre la identidad del titular de la cuenta bancaria.
- Un formato común para los registros de transacciones:la Directiva establecerá un formato común para que los bancos y las empresas de criptomonedas proporcionen la información sobre transacciones, es decir, registros de transacciones, a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley. Los detalles del formato se definirán en un acto de ejecución. El acceso a esta información se otorgará de conformidad con las normas nacionales y las garantías procesales.
Próximos pasos
La Directiva aún debe ser adoptada formalmente por el Parlamento Europeo y el Consejo.
Fondo
El Plan de acción de la Comisión para una política integral de la Unión para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo subrayaba que es necesaria una interconexión en toda la UE de los registros de cuentas bancarias centralizados nacionales para garantizar a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley y las unidades de inteligencia financiera un acceso más rápido a la información financiera y facilitar la cooperación fronteriza.
Esto también se destaca en la Estrategia de Unión de la Seguridad de la UE y la Agenda contra el Terrorismo para la UE. Además, esta Directiva acordada complementa la Directiva contra el blanqueo de capitales (AMLD), que establece la interconexión de los registros de cuentas bancarias, proporcionando a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley acceso a los registros interconectados.
Para más información
Propuesta de Directiva sobre el acceso de las autoridades competentes a los registros centralizados de cuentas bancarias a través del punto de acceso único (véase también el documento de trabajo de los servicios ).
Sitio web de la Comisión sobre Confiscación y Recuperación de Activos