El Consejo ha decidido hoy añadir Antigua y Barbuda, Belice y Seychelles a la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. Al mismo tiempo, tres jurisdicciones fueron eliminadas de la lista: Islas Vírgenes Británicas, Costa Rica e Islas Marshall .
Fecha: 17/10/2023
Fuente: web de la Comisión Europea
Enlace: Nota
Con estas actualizaciones, la lista de la UE consta de las siguientes 16 jurisdicciones:
- Samoa Americana
- Antigua y Barbuda
- Anguila
- bahamas
- Belice
- Fiyi
- Guam
- Palaos
- Panamá
- Rusia
- Samoa
- Seychelles
- Trinidad y Tobago
- Islas Turcas y Caicos
- Islas Vírgenes de EE.UU
- Vanuatu
El Consejo lamenta que estas jurisdicciones aún no cooperen en materia fiscal y las invita a mejorar su marco jurídico para resolver los problemas identificados.
Cambios en la lista
Esta lista de la UE de jurisdicciones fiscales no cooperativas (Anexo I) incluye países que no han entablado un diálogo constructivo con la UE sobre gobernanza fiscal o no han cumplido sus compromisos de implementar las reformas necesarias. Esas reformas deben apuntar a cumplir con un conjunto de criterios objetivos de buena gobernanza tributaria , que incluyen transparencia tributaria, tributación justa e implementación de estándares internacionales diseñados para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de ganancias .
El grupo del código de conducta (fiscalidad empresarial), el órgano del Consejo que prepara las actualizaciones de la lista, está cooperando estrechamente con organismos internacionales como el Foro de la OCDE sobre prácticas fiscales nocivas (FHTP) para promover la buena gobernanza fiscal en todo el mundo.
En esta ronda de actualización de la lista de la UE, el Consejo añadió tres jurisdicciones a la lista: Antigua y Barbuda , Belice y Seychelles . Se encontró que las tres jurisdicciones carecían de intercambio de información fiscal previa solicitud (criterio 1.2).
Las Islas Vírgenes Británicas fueron eliminadas de la lista ya que modificaron su marco de intercambio de información previa solicitud (criterio 1.2) y serán reevaluadas de acuerdo con el estándar de la OCDE. A la espera de esta reevaluación, esta jurisdicción se ha incluido en el anexo II. Costa Rica fue eliminada de la lista porque modificó los aspectos perjudiciales de su régimen de exención de ingresos de fuente extranjera (criterio 2.1). Las Islas Marshall fueron eliminadas de la lista porque han logrado avances significativos en la aplicación de los requisitos de sustancia económica (criterio 2.2).
Documento sobre la situación actual (Anexo II)
Además de la lista de jurisdicciones fiscales no cooperativas, el Consejo aprobó el documento habitual sobre la situación (Anexo II), que refleja la cooperación en curso de la UE con sus socios internacionales y los compromisos de estos países de reformar su legislación para adherirse a las normas fiscales acordadas. estándares de buena gobernanza. Su propósito es reconocer el trabajo constructivo en curso en el campo de la tributación y alentar el enfoque positivo adoptado por las jurisdicciones cooperativas para implementar los principios de buena gobernanza tributaria.
Se eliminaron cuatro jurisdicciones del documento sobre la situación (Anexo II). Jordania y Qatar cumplieron sus compromisos modificando un régimen fiscal perjudicial. Montserrat y Tailandia cumplieron con todos sus compromisos pendientes relacionados con la declaración país por país de los impuestos pagados.
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