El Consejo acuerda el paquete sobre el IVA en la era digital

Publicado: 6 noviembre, 2024

ERA DIGITAL

IVA. El Consejo acuerda el paquete sobre el IVA en la era digital

 

Fecha: 05/11/2024

Fuente: web del Consejo Europeo

Enlace: Nota

 

El Consejo ha alcanzado hoy un acuerdo sobre nuevas medidas que llevarán las normas de la UE en materia de impuesto sobre el valor añadido (IVA) a la era digital. Con nuevas normas sobre facturas electrónicas y presentación de datos en tiempo real, así como sobre las actividades realizadas a través de plataformas digitales, este paquete legislativo luchará contra el fraude fiscal, apoyará a las empresas y promoverá la digitalización.

El Acuerdo abarca tres actos –una Directiva, un Reglamento y un Reglamento de Ejecución– que, en su conjunto, introducen cambios en tres aspectos diferentes del sistema del IVA. Las nuevas reglas:

  • hacer que las obligaciones de declaración del IVA para las transacciones transfronterizas sean totalmente digitales para 2030
  • exigir a las plataformas en línea que paguen el IVA por los servicios de alojamiento a corto plazo y de transporte de pasajeros en la mayoría de los casos en que los proveedores de servicios individuales no cobren el IVA
  • mejorar y ampliar las ventanillas únicas en línea del IVA para que las empresas no tengan que pasar por costosos registros de IVA en todos los Estados miembros en los que operan;

 

Declaración digital del IVA

En la actualidad, se pide a las empresas que cada pocos meses presenten a sus autoridades fiscales nacionales «estados recapitulativos» de los bienes y servicios vendidos a empresas de otros Estados miembros de la UE que están sujetas a impuestos en dichos Estados miembros.

Esto abre una brecha para que los estafadores aprovechen la dificultad que enfrentan las autoridades para detectar rápidamente transacciones sospechosas o fraudulentas, ya que los datos están incompletos y no están disponibles en tiempo real.

El Consejo ha acordado ahora que se establecerá un sistema de información digital en tiempo real a efectos del IVA a través de facturas electrónicas.

Las empresas emitirán facturas electrónicas para las transacciones transfronterizas entre empresas e informarán automáticamente de los datos a su administración fiscal. Esto se basará en el estándar europeo existente para la facturación electrónica en el ámbito de la contratación pública. A continuación, las administraciones tributarias nacionales compartirán los datos a través de un nuevo sistema informático que será capaz de proporcionar análisis de actividades sospechosas.

Un marco a nivel nacional garantizará la calidad de los datos incluidos en las facturas electrónicas, con flexibilidad para los Estados miembros en la puesta en práctica de dicho marco.

Esto proporcionará a los Estados miembros información rápida y completa sobre las transacciones transfronterizas que pueden utilizar para luchar contra el fraude del IVA.

El Consejo ha acordado que el sistema de la UE debe estar en vigor en 2030 y que todos los sistemas nacionales existentes deben ser interoperables con el sistema de la UE de aquí a 2035.

  

IVA para la economía de plataformas

Actualmente, muchos proveedores de servicios de alquiler de alojamiento y transporte de pasajeros en línea no pagan IVA. Esto se debe principalmente a que suelen ser proveedores individuales (como un conductor o una persona que alquila su apartamento) o pequeñas empresas, que normalmente no están obligadas a registrarse a efectos del IVA o a menudo simplemente desconocen sus obligaciones o las normas de cumplimiento fiscal de otros Estados miembros.

Esto conduce a que no se recauden grandes cantidades de IVA y, en ocasiones, a una competencia desleal entre los servicios tradicionales de alojamiento y transporte y los que operan a través de plataformas.

Con arreglo a las nuevas normas, los operadores de la economía de plataformas serán responsables de recaudar y remitir el IVA, en los casos en que sus proveedores de servicios no paguen el IVA ellos mismos (según el modelo denominado «proveedor considerado»). La plataforma recaudará el IVA directamente del cliente y lo remitirá a las autoridades fiscales.

El Consejo ha dotado a los Estados miembros de una mayor flexibilidad al ampliar la definición de alquiler de vivienda a corto plazo a efectos fiscales y dar a los Estados miembros la posibilidad de eximir a las pequeñas y medianas empresas (pymes) de las normas sobre presuntos proveedores. El Consejo también ha acordado un breve período transitorio para la aplicación de las normas relativas a los presuntos proveedores.

 

Ventanilla única para el registro a efectos del IVA

Por el momento, un sistema de «ventanillas únicas» permite a las empresas declarar y remitir el IVA devengado por sus ventas de bienes y servicios a los consumidores de un país de la UE a otro, a través de la administración de un Estado miembro y en una sola lengua. Sin embargo, las empresas que quieran vender productos a consumidores dentro de un Estado miembro distinto del suyo (es decir, desde un almacén o un mercado semanal en ese Estado miembro) aún deben registrarse a efectos del IVA dos veces.

Por lo tanto, las nuevas normas ampliarán ahora el ámbito de aplicación de las «ventanillas únicas» existentes a las ventas entre empresas y consumidores de determinados artículos, como la electricidad o el gas, que se llevan a cabo dentro de un Estado miembro distinto del suyo, no solo a los suministros transfronterizos. Esto incluirá situaciones en las que las empresas simplemente quieran trasladar las existencias a otro Estado miembro para venderlas allí directamente a los consumidores en una fase posterior.

De este modo, la ventanilla única ampliada permitirá que aún más empresas cumplan sus obligaciones en materia de IVA a través de un único portal en línea y en un solo idioma.

El Consejo también acordó trasladar la responsabilidad del pago del IVA en las transacciones entre empresas del proveedor de un bien o servicio al comprador si dicho proveedor no está establecido en el Estado miembro en el que se devenga el IVA (en virtud del denominado «mecanismo de inversión del sujeto pasivo»). Esto ya era posible en algunas situaciones, pero será obligatorio en el futuro.

A diferencia de la propuesta de la Comisión, el Consejo decidió no ampliar la actual disposición relativa a los presuntos proveedores –que hace recaer la responsabilidad de recaudar el IVA en las plataformas que facilitan las transacciones en lugar de en los proveedores subyacentes– a todos los bienes suministrados por las plataformas en línea y a las transferencias de bienes propios. También acordó no modificar las normas relativas a las obras de arte y las antigüedades.

El Consejo también ha decidido debatir la propuesta de hacer obligatoria la ventanilla única para las importaciones en el marco de los aspectos relativos al IVA de la propuesta de reforma del Código Aduanero de la Unión, que se está debatiendo actualmente en el Consejo.

 

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