La Comisión Europea cumple hoy su promesa de garantizar que la lista común de la UE de jurisdicciones fiscales no cooperativas cuente con el respaldo de contramedidas efectivas.
Las directrices adoptadas hoy marcan el primer paso para detener el tránsito de fondos de la UE a través de jurisdicciones fiscales que no cooperan. Garantizarán que los fondos de la UE no contribuyan inadvertidamente a la evasión fiscal global.
Las directrices de hoy deberían garantizar, en particular, que los fondos de inversión y desarrollo externo de la UE no puedan canalizarse o transitarse a través de entidades en países incluidos en la lista común de la UE. La primera lista fue acordada y publicada en diciembre de 2017 y se está actualizando continuamente.
Los nuevos requisitos buscan alinear el objetivo de la UE de abordar la evasión fiscal a nivel global con las normas que rigen el uso de los fondos de la UE por las instituciones financieras internacionales (IFI) como el Banco Europeo de Inversiones (BEI), las instituciones financieras de desarrollo (IFD) incluido el Fondo Europeo para el Desarrollo Sostenible (EFSD) y otras contrapartes elegibles.
Pierre Moscovici, comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Unión Aduanera, dijo: » La lista negra de paraísos fiscales de la UE es un documento vivo y se agregarán más países si no cumplen los compromisos que han asumido para mejorar sus impuestos. los sistemas. la Comisión no permitirá que los fondos de la UE para contribuir a la evasión fiscal global. Estas medidas de la UE debería actuar como una llamada de atención para aquellas jurisdicciones, ya que muestran la UE se toma en serio la lucha contra la evasión de impuestos en una escala global. »
Las directrices de hoy establecen la legislación aplicable sobre cómo deben tratarse los fondos de la UE cuando se trata de evitar impuestos y jurisdicciones no cooperativas. Proporcionan información sobre cómo sus socios deben evaluar proyectos que involucran a entidades en jurisdicciones enumeradas por la UE como no cooperativas a efectos fiscales. Esta evaluación incluye una serie de controles que deben señalar un riesgo de evasión fiscal con una entidad comercial. Por ejemplo, antes de canalizar el financiamiento a través de una entidad, debe establecerse que existen razones comerciales sólidas para estructurar un proyecto que no aproveche los aspectos técnicos de un sistema impositivo o los desajustes entre dos o más sistemas impositivos para el propósito de reducir una factura de impuestos.
Las nuevas directrices garantizarán que las reglas se interpreten y apliquen de manera coherente. Para salvaguardar la política de desarrollo de la UE, se hace una excepción para el financiamiento directo, donde un proyecto se implementa físicamente en una jurisdicción fiscal no cooperativa y no está vinculado al lavado de dinero, financiamiento del terrorismo, fraude fiscal o evasión fiscal.
La Comisión también hace un llamamiento a las instituciones financieras internacionales y otros organismos implicados en la gestión del presupuesto de la UE para que revisen sus políticas internas sobre jurisdicciones que no cooperaron en el transcurso de 2018. Esto es para garantizar que estas políticas reflejen los esfuerzos de larga data de la UE para hacer frente a la evasión fiscal, tanto dentro de la Unión como fuera de ella.
Fondo
Tras la Comunicación de la Comisión sobre una estrategia exterior para una fiscalidad efectiva en enero de 2016, cuatro actos jurídicos relativos al uso de fondos de la UE por los socios implementadores actualmente contienen, o contendrán en un futuro próximo, el requisito de que los fondos de la UE no apoyen proyectos que contribuyan a la evasión fiscal. Los socios implementadores, como las instituciones financieras internacionales (IFI), las instituciones financieras de desarrollo (DFI) u otros tipos de contrapartes elegibles involucradas en la gestión indirecta del presupuesto de la UE, deben cumplir estos requisitos cuando utilizan fondos de la UE en sus operaciones de inversión. . Estos proporcionan un marco sólido para garantizar que la financiación de la UE se enrute de acuerdo con las normas de buena gobernanza en el ámbito de la fiscalidad; particularmente cuando se combina con prohibiciones existentes sobre el uso de jurisdicciones no cooperativas y la publicación de Lista común de la UE de jurisdicciones no cooperativas a efectos fiscales.
Esta Comunicación tiene como objetivo ayudar a estas organizaciones a garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones legales, al tiempo que proporciona recomendaciones más amplias sobre cómo evaluar los problemas de evasión fiscal.
Además de las disposiciones de la UE, la Comisión ha alentado a los Estados miembros a acordar sanciones coordinadas para aplicar a nivel nacional contra las jurisdicciones enumeradas. Los Estados miembros ya han acordado una serie de contramedidas que pueden optar por aplicar contra los países incluidos en la lista, incluido un mayor control y auditorías, retención de impuestos, requisitos de documentación especial y disposiciones contra el abuso. La Comisión apoyará el trabajo de los Estados miembros para desarrollar un enfoque más vinculante y definitivo de las sanciones para la lista de la UE en 2018.
Para más información
Página web de la DG ECFIN y textos legales
Lista común de la UE de jurisdicciones no cooperativas con fines fiscales
Comunicación sobre una estrategia externa para impuestos efectivos
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