La Ley crea y crece solamente permite la percepción de subvenciones a las empresas que cumplan la Ley de Morosidad

Publicado: 2 mayo, 2023

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En dicha ley se indica que el plazo máximo de pago se establece en 30 días naturales desde la fecha de recepción de las mercancías o la prestación del servicio, aunque puede incrementarse hasta 60 días si existe acuerdo pactado entre las partes.

Con esta medida, nos encontramos con varios problemas:

  1. Las empresas que incumplan estos plazos (aunque solamente sea en una factura) no podrán tener la condición de beneficiario de las subvenciones.
  2. Normalmente, las empresas que solicitan subvenciones son empresas con dificultades financieras y, por lo tanto, puede ser frecuente que no puedan cumplir con la ley de morosidad.
  3. La dificultad de poder acreditar el cumplimiento, puesto que, de momento, yo no tengo conocimiento de que existan aplicaciones informáticas que lo permitan.
  4. El papel del auditor de cuentas. Ante la ausencia de programas informáticos que puedan verificar el cumplimiento de esta exigencia, van a tener casi imposible poder realizar estas acreditaciones.
  5. La fecha de aplicación es a partir del 19 de octubre de 2022, fecha de entrada en vigor de la Ley crea y crece, pero existen dudas sobre si se encuentran incluidas las ayudas ya concedidas pero pendientes de ejecución de la actividad subvencionadas, subvenciones ya solicitadas y pendientes de resolución y las convocatorias abiertas y pendientes de plazo de presentación.

 

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