Fecha: 10/04/2023
Fuente: web de la AEAT
Enlace: nota
(…) dado que el proyecto de orden ministerial donde se recoge la modificación de la Orden HAC/1271/20219, de 9 de diciembre, está ya en su trámite de información pública, con un horizonte temporal cercano a su aprobación y publicación oficial, se estima conveniente seguir considerando válidas las precintas reguladas en la normativa anterior a la Orden HAC/1271/2019, siempre que se pueda acreditar el pago del impuesto en los términos establecidos en el art. 39 del Reglamento de los Impuestos Especiales.
La extensión del plazo de validez, una vez en vigor el proyecto de orden indicado, tendrá efectos desde el 1 de enero de 2023, por lo que dicha extensión se aplicará sin solución de continuidad hasta la fecha finalmente prevista del 1 de enero de 2026.