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1.- SUJETOS OBLIGADOS
- a) Personas jurídicas inscribibles en el Registro Mercantil
Deben presentar en el Registro Mercantil una manifestación de estar sometidas, como sujetos obligados, a las normas de la ley 10/2010 y de quiénes son sus titulares reales
- b) Personas jurídicas no inscribibles en el Registro Mercantil (como cooperativas, asociaciones, fundaciones, sociedades civiles no profesionales…) que presten servicios por cuenta de terceros a sociedades.
Deben inscribirse obligatoriamente en el Registro Mercantil, bien al comienzo de sus actividades o bien, las ya existentes, antes del 4 de septiembre del 2019, aunque su inscripción debe limitarse a:
- su constitución
- cualquier modificación en el contrato social
- cambio de administradores.
Asimismo, están obligados a depositar en el Registro Mercantil:
- cuentas anuales
- el documento contable complementario y
- la declaración de titular real.
c) Empresarios personas físicas, cuya inscripción es generalmente voluntaria, será obligatoria cuando presten servicios señalados en el art. 2.1 o) Ley 10/2010 Tienen obligación de: – inscribirse en el Registro Mercantil – presentar la manifestación de estar sujeta al régimen del RDL – depositar cuentas y – depositar junto a las cuentas el documento contable complementario. | Art. 2.1 o): Las personas que con carácter profesional y con arreglo a la normativa específica que en cada caso sea aplicable presten los siguientes servicios por cuenta de terceros: – constituir sociedades u otras personas jurídicas; – ejercer funciones de dirección o de secretarios no consejeros de consejo de administración o de asesoría externa de una sociedad, socio de una asociación o funciones similares en relación con otras personas jurídicas o disponer que otra persona ejerza dichas funciones; – facilitar un domicilio social o una dirección comercial, postal, administrativa y otros servicios afines a una sociedad, una asociación o cualquier otro instrumento o persona jurídicos; – ejercer funciones de fiduciario en un fideicomiso (trust) o instrumento jurídico similar o disponer que otra persona ejerza dichas funciones; – – o ejercer funciones de accionista por cuenta de otra persona, exceptuando las sociedades que coticen en un mercado regulado de la Unión Europea y que estén sujetas a requisitos de información acordes con el Derecho de la Unión o a normas internacionales equivalentes que garanticen la adecuada transparencia de la información sobre la propiedad, o disponer que otra persona ejerza dichas funciones. |
d) Profesionales personas físicas que presten los señalados en el art. 2.1 o) Ley 10/2010 Su inscripción se realizará de forma telemática en base a un formulario aprobado por Orden Ministerial del M. de Justicia, que aún no ha sido publicada, por lo que, de momento, no pueden inscribirse. Una vez aprobado el formulario e inscritos, estarán obligados a depositar el documento señalado en el nº 7 de la DA única de la Ley 10/2010. El depósito deberá efectuarse telemáticamente dentro de los tres primeros meses de cada año. |
2.- OBLIGACIONES
- A) Solicitar al Registro Mercantil el alta en el Registro de Prestadores de servicios
Se hará a través de los formularios habilitados al efecto, en el que se hará constar la prestación por cuenta de terceros de todos o algunos de los servicios detallados en el art. 2.1º) Ley 10/2010.
Estas actividades pueden ser:
1- Constituir sociedades o personas jurídicas.
Se incluiría aquí la transmisión de acciones o participaciones de sociedades pre-constituidas que no hubieran tenido una actividad económica real.
2- Ejercer funciones de dirección o de secretarios no consejeros, o disponer que los ejerza otra persona.
Esta función abarcaría a los Gerentes y Directores Generales entre otros.
3- Asesoría externa
En este apartado caben todos los que hagan referencia a la prestación de servicios de gestión y asesoramiento a empresas.
4- Facilitar a una sociedad u otra persona jurídica, un domicilio social, o una dirección comercial postal o administrativa u otros servicios afines.
5- Ejercer funciones de accionista por cuenta de otra persona o disponer que otra persona las ejerza por tu cuenta.
Es el caso de la persona física o jurídica que ejercite derechos societarios o corporativos en interés de otra conforme a instrucciones del mandante o fiduciante.
En todo caso, la solicitud debe estar suscrita por el titular o titulares de la potestad certificante, o por el empresario persona física, con las firmas legitimadas o con firma digital reconocida, en el que pondrán de manifiesto su sujeción a las obligaciones de la Ley 10/2010 y del RD 11/2018.
En el escrito debe hacerse expresa referencia a la titularidad real de la sociedad.
El escrito supondrá la extensión de una Nota Marginal al margen de su inscripción en el Registro Mercantil, sujeta a arancel
B) Depositar un Documento Contable Complementario junto con las Cuentas Anuales.
Lo empresarios personas físicas y las personas jurídicas que sean prestadoras de servicios a sociedades, deben presentar, junto a las cuentas anuales, un documento contable complementario con los siguientes datos:
– Tipos de servicios prestados de entre los comprendidos en el artículo 2.1.o)
– Ámbito territorial donde opera, indicando municipio o municipios y provincias.
– Prestación de este tipo de servicios a no residentes en el ejercicio de que se trate.
– Volumen facturado por dichos servicios en el ejercicio y en el precedente, si la actividad de prestadores de servicio a sociedades no fuera única y exclusiva. Si no pudiera cuantificarse se indicará así expresamente.
– Número de operaciones realizadas distinguiendo la clase o naturaleza de la misma. Si no se hubiera realizado operación alguna se indicará así expresamente.
Las personas jurídicas además deberán presentar una manifestación de quienes sean sus titulares reales en el sentido determinado por el artículo 4.2 b) y c) de la ley 10/2010.
Estas manifestaciones se harán constar por nota marginal y deberán ser actualizadas en caso de cambio en esa titularidad real.
…
3.- FORMULARIOS
– Formulario Prestador de servicios persona jurídica.
– Formulario Prestador de servicios persona física.
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