Recuerda que los afectados del FORUM FILATÉLICO pueden declarar la pérdida por el dinero invertido

Publicado: 8 mayo, 2023

IRPF. Recuerda que los afectados del FORUM FILATÉLICO pueden declarar la pérdida por el dinero invertido

146506-PÉRDIDA INVERSIÓN EN FORUM FILATELICO

 

Fecha:  2023

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Informa

 

Pregunta

  • ¿Cuál es el tratamiento fiscal en IRPF 2022 del dinero invertido y no recuperado en la entidad Fórum Filatélico S.A. tras la Sentencia de 21 de julio de 2022 declarando finalizado el concurso de acreedores?

Respuesta

  • La falta de pago por un deudor a su acreedor del importe adeudado no da lugar de forma automática a la existencia de una pérdida patrimonial, al tener el acreedor (en este caso el inversor) un derecho de crédito contra el deudor (Fórum Filatélico S.A.).

Ahora bien, a partir de 1 de enero de 2015, se recoge en la Ley del IRPF una regla especial de imputación temporal para las pérdidas patrimoniales derivadas de créditos no cobrados.

En el supuesto planteado, con fecha 21 de julio de 2022 se ha dictado sentencia en la que se declara la conclusión del concurso y se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada. Conforme a esa regla especial de imputación se entenderá producida una pérdida patrimonial respecto al importe no recuperable del derecho de crédito. La pérdida se imputará al período impositivo 2022 y, por lo tanto, se consignará en la declaración de la Renta del ejercicio 2022 en la base imponible general al no derivar de la transmisión de elementos patrimoniales.

Normativa/Doctrina

  • Artículo 14 .2.k), 45 y 48 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 , del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas .
  • Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0236 – 23 , de 13 de febrero de 2023
  • Sentencia de 21 de julio de 2022, del Juzgado mercantil número 7 de Madrid, expediente del concurso de acreedores número 209/2006

 

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