Cuando la materialización de la pérdida de valor de las participaciones heredadas responde a la voluntad del contribuyente supone el incumplimiento del requisito del mantenimiento de su valor para aplicar el régimen de empresa familiar

Publicado: 27 junio, 2019

TRANSMISIÓN DE EMPRESA FAMILIAR. Requisito de mantenimiento del valor de las participaciones. Se incumple el requisito de mantenimiento de su valor cuando la pérdida responde a la voluntad del contribuyente.

Sentencia del TSJ de Madrid de 24/01/2019

Hechos:

Dña. Emma adquirió mortis causa un total de 17.610 participaciones de una entidad la cual tenía una participación indirecta en FERROVIAL SA. Cada acción fue valorada en 17.705,34 euros y en la autoliquidación del ISD la contribuyente aplicó la reducción por transmisión de empresa familiar del art. 20. 2.c) de la LISD.

Posteriormente la contribuyente aporta las participaciones de la sociedad heredada (la cual tiene una participación en la sociedad cotizada) a una sociedad de reciente creación lo que llevó a poner de manifiesto una minusvalía en el IRPF (la sociedad cotizada redujo su valor de forma considerable), que compensó con otras ganancias patrimoniales.

La contribuyente entiende cumplido el requisito de mantenimiento basándose en una consulta de la DGT que consideraba cumplido el requisito de mantenimiento de las participaciones, puesto que tal requisito no recae sobre las participaciones mismas, sino sobre su valor, y este debe entenderse mantenido cuando se produce una minoración por causa no imputable al contribuyente. El TEAC da la razón al contribuyente pero la letrada de la CA de Madrid considera que la consulta trataba de un caso diferente.

El TSJ de Madrid:

En el presente caso, es notorio que las acciones de FERROVIAL, como consecuencia de la crisis económica, sufrieron una pasajera minoración de su valor de cotización que tuvo que afectar a KARLOVY (entidad heredada) y que coincidió con el período en que se produjo la aportación de las participaciones de esta a otras sociedades. Estas nuevas entidades, por la proximidad temporal en su creación y su nula actividad, debe entenderse que nacieron con dicha finalidad instrumental de ser meras receptoras de las participaciones, procedimiento destinado a facilitar su transmisión aunque permaneciendo en poder de sus titulares.

Como pone de manifiesto la Inspección tributaria, la disminución del valor de las participaciones de KARLOVY, como de cualquier otra sociedad, es potencial o latente hasta que aflora o se materializa mediante su transmisión. A esto podemos añadir que, dado el discurrir de los acontecimientos, el valor de las participaciones se hubiera recuperado e incluso incrementado notablemente poco tiempo después siguiendo la estela de las acciones de FERROVIAL, como es notorio.

La creación de las nuevas sociedades como destino de un gran número de participaciones de KARLOVY, así como la aportación de estas, carece de toda explicación razonable además de la finalidad de sortear los efectos fiscales que habrían de producir las ganancias patrimoniales obtenidas por el contribuyente en fechas cercanas. Por tanto, la materialización de su pérdida de valor no fue un acto debido a fuerza mayor o a causas extrañas a la voluntad de la obligada tributaria, sino fruto del designio consciente y premeditado de hacerla manifiesta y cuantificable con objeto de aprovecharse económicamente de sus consecuencias.

En esta coyuntura difícilmente pueden apreciarse las condiciones que justifican la progresiva dulcificación de los requisitos de la ventaja fiscal. Ni desde el fundamento básico en que descansa la reducción por transmisión de empresa familiar ni desde una doctrina de la DGT que se basa en la procedencia externa de las causas que motivan la disminución del valor de las participaciones, puede ampararse una compleja operación como la descrita. La valoración que realiza la inspección tributaria de los distintos factores concurrentes, así como sus conclusiones, son absolutamente razonables y no han sido en ninguna medida desvirtuadas por el codemandado.

 

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