Determinar si la Inspección tributaria está obligada a tener en consideración la política de precios de transferencia del grupo empresarial

Publicado: 23 enero, 2019

Gastos fiscalmente deducibles. Regularización de los correspondientes al plan de pensiones de un directivo por no respetar el reparto porcentual acordado entre la matriz neerlandesa y la filial española. Principio de correlación entre ingresos y gastos. Necesidad de considerar la política de precios de transferencia del grupo multinacional porque aplicaba el método del margen neto del conjunto de operaciones. Respeto del principio de regularización íntegra de la situación tributaria.

Auto del TS de 08/01/2019

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en:

Determinar si la Inspección tributaria está obligada a tener en consideración la política de precios de transferencia del grupo empresarial, en particular cuando se base en el método del margen neto del conjunto de operaciones (TNMM: Transactional Net Margin Method), a la hora de regularizar operaciones que afectan a sociedades del mismo grupo multinacional, cuando no sea posible realizar el pertinente ajuste bilateral, para proceder a una regularización íntegra de la situación del obligado tributario, que evite el enriquecimiento injusto de la Administración.

 

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