El TS deberá determinar si a los efectos de la inconstitucionalidad de los art. del TRHHLL declarados inconstitucionales por el TC dictada el 26/10/2021 en relación con las liquidaciones que, peso a no haber adquirido firmeza, a esta fecha no han sido impugnadas. Precisar si ha de estarse a la fecha del dictado o de la publicación de la citada sentencia para discernir si se trata una situación consolidada o no.
Fecha: 10/02/2022
Fuente: web del Poder Judicial
Enlace: Auto del TS de 18/01/2023
Determinar los efectos de la inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, dictada el 26 de octubre de 2021, en relación con las liquidaciones que, a pesar de no haber adquirido firmeza, a esta fecha no habían sido impugnadas.
Precisar si ha de estarse a la fecha del dictado o de la publicación de la citada sentencia para discernir si se trata una situación consolidada o no y si procede su impugnación con fundamento en la declaración de inconstitucionalidad que realiza.
En definitiva, el Supremo decidirá si los recursos planteados en ese intervalo de fechas deben prosperar o no.
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