INVESTIGACIÓN PATRIMONIAL SUFICIENTE
LGT. DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD. El Tribunal Supremo anula la declaración de fallido y la derivación de responsabilidad solidaria a VIVALMINA, S.L., por falta de investigación patrimonial adecuada del deudor principal.
Fecha: 24/07/2024
Fuente: web del Poder Judicial
Enlace: Acceder a Sentencia del TS de 24/07/2024
HECHOS:
Declaración de Fallido del Deudor Principal (INVERSIONES ITALAN, S.L.):
La Administración Tributaria emitió una declaración de fallido contra INVERSIONES ITALAN, S.L., que era la deudora principal de una serie de deudas tributarias. Esta declaración de fallido supone que la Administración consideró que el deudor principal no tenía bienes suficientes para satisfacer sus deudas tributarias.
Derivación de Responsabilidad Solidaria a VIVALMINA, S.L.:
- Tras la declaración de fallido de INVERSIONES ITALAN, S.L., la Administración procedió a derivar la responsabilidad solidaria de las deudas tributarias a VIVALMINA, S.L., amparándose en el artículo 42.2.a) de la Ley General Tributaria (LGT).
- Este artículo establece la responsabilidad solidaria en los casos en que una persona o entidad haya colaborado activamente en la ocultación o transmisión de bienes o derechos del deudor principal con el fin de impedir la acción de cobro de la Administración.
Impugnación de VIVALMINA, S.L.:
VIVALMINA, S.L. impugnó la resolución de derivación de responsabilidad solidaria ante el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), alegando que:
- La declaración de fallido del deudor principal (INVERSIONES ITALAN, S.L.) fue realizada de forma improcedente, sin una investigación patrimonial adecuada que justificara su insolvencia.
- No se siguió el procedimiento legalmente establecido para la declaración de fallido, como el requerimiento de un informe previo de averiguación patrimonial.
- La Administración reanudó las acciones de cobro tres años después de la declaración de fallido, lo que pone en duda la validez de la misma.
Decisión del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) y la AN:
- El TEAC desestimó el recurso de VIVALMINA, S.L., confirmando la derivación de responsabilidad solidaria.
- La AN también desestimó el recurso, considerando válida la declaración de fallido y la derivación de responsabilidad solidaria.
Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo:
La cuestión de interés casacional planteada era si un responsable tributario solidario puede impugnar la declaración de fallido del deudor principal cuando esta ha sido realizada sin seguir los procedimientos legales adecuados, específicamente sin un informe de averiguación patrimonial o sin una adecuada motivación.
El TS:
- Determina que el responsable solidario tiene derecho a impugnar la declaración de fallido del deudor principal cuando esta se haya realizado sin seguir el procedimiento legalmente establecido, especialmente si no se ha llevado a cabo una investigación patrimonial adecuada que justifique tal declaración.
- La Sala subraya que la declaración de fallido debe estar precedida de una investigación patrimonial exhaustiva que permita acreditar la imposibilidad de cobro al deudor principal. En este caso, se considera que la declaración de fallido de INVERSIONES ITALAN, S.L. no cumplió con este requisito, ya que no hubo una comprobación detallada y documentada de la situación patrimonial del deudor principal.
- Como consecuencia de esta estimación parcial, el Tribunal Supremo anula la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y la sentencia de la Audiencia Nacional, ordenando retrotraer las actuaciones al momento en que se produjo la declaración de fallido del deudor principal, para que se realice conforme a derecho, es decir, siguiendo los procedimientos y requisitos legales necesarios.
Artículos en los que se basa la Sentencia:
Ley 58/2003 General Tributaria:
Artículo 41.5: trata de la responsabilidad tributaria
Artículo 176: tratan sobre la derivación de responsabilidad tributaria en casos de insolvencia y establecen los procedimientos para la declaración de fallido de un deudor, así como los requisitos para que un responsable solidario pueda impugnar dicha declaración.
Real Decreto 939/2005 (Reglamento General de Recaudación – RGR):
Artículo 61: Este artículo regula las actuaciones a seguir en la recaudación de deudas tributarias, incluyendo el procedimiento para declarar a un deudor como fallido.
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