El TS deberá determinar cuál es el plazo para ejecutar las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos cuando se estiman parcialmente las reclamaciones económico-administrativas, anulando unas sanciones y ordenando sustituirlas por otras, así como las consecuencias derivadas del incumplimiento de dicho plazo.
El TS deberá determinar el plazo para ejecutar las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos estimatorias parciales y las consecuencias de su incumplimiento
Fecha: 04/06/2020
Fuente: web del Poder Judicial
Enlace: Acceder a Auto del TS de 04/06/2020
SENTENCIAS/LGT
La Sección de Admisión acuerda:
1º) Admitir el recurso de casación RCA/470/2020, preparado por la Administración General del Estado contra la sentencia de 1 de octubre de 2019 dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo nº 259/2016.
2º) Indicar las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, que consiste en:
Determinar cuál es el plazo para ejecutar las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos cuando se estiman en parte las reclamaciones económico-administrativas, anulando unas sanciones y ordenando sustituirlas por otras, así como las consecuencias derivadas del incumplimiento de dicho plazo.
Artículos Relacionados
- Anulada una regularización de IVA y sus sanciones porque el anexo de la AEAT no advirtió del derecho de la sociedad a negar la entrada en su domicilio
- La responsabilidad subsidiaria del administrador por inacción ante sociedad inactiva y deudora
- La Administración no puede recalificar directamente como reducción de capital con devolución de aportaciones una operación de adquisición en autocartera seguida de amortización

