El TSJUE considera que la normativa Checa que establece que una persona que ejerce de forma simultánea funciones de director y de miembro del órgano de administración de una sociedad no puede ser calificada como trabajador asalariado es contrario al derecho de la Unión.
La norma checa establece que no puede calificarse como trabajador asalariado a quien ejerce de forma simultánea funciones de director y de miembro del consejo de administración de una sociedad (similar a la teoría del vínculo español), por lo que quedan excluidos de los mecanismos de protección de la Directiva.
Fecha: 05/05/2022
Fuente: web del TSJUE
Enlaces: Acceder a Sentencia del TSJUE de 05/05/2022
Los artículos 2, apartado 2, y 12, letras a) y c), de la Directiva 2008/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario, en su versión modificada por la Directiva (UE) 2015/1794 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de octubre de 2015, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una jurisprudencia nacional según la cual una persona que ejerce, en virtud de un contrato de trabajo válido con arreglo al Derecho nacional, de forma acumulativa las funciones de director y de miembro del órgano estatutario de una sociedad mercantil no puede ser calificada de trabajador asalariado, en el sentido de dicha Directiva, y, por lo tanto, no puede disfrutar de las garantías previstas por esa Directiva.
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