Lucha contra la planificación fiscal agresiva

Publicado: 31 julio, 2024

DIRECTIVA DE LA UE

PLANIFICACIÓN FISCAL. Lucha contra la planificación fiscal agresiva: el Tribunal de Justicia confirma la validez de diversas disposiciones de la Directiva de la Unión

 

Fecha: 29/07/2024

Fuente: web del Poder Judicial

Enlace: Acceder a Sentencia del TSJUE, conclusiones y recurso del Asunto C-623/22

 

Una Directiva de la Unión[1] establece que todos los intermediarios y, en caso de no existir estos, el contribuyente, implicados en mecanismos fiscales transfronterizos potencialmente agresivos (que pueden conducir a la elusión y la evasión fiscales) deben informar sobre ellos a las autoridades tributarias competentes (en lo sucesivo, «obligación de comunicar información»).

En 2020, diferentes organizaciones de abogados y fiscalistas y colegios de abogados interpusieron recurso ante el Tribunal Constitucional belga. Entienden que la ley belga por la que se transpone la Directiva debe ser anulada, ya que consideran que la Directiva infringe cierto número de disposiciones de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y principios generales del Derecho de la Unión.

El Tribunal Constitucional belga decidió plantear varias cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia declara, en primer término, que la circunstancia de que la Directiva no limite la obligación de comunicar información únicamente al ámbito del impuesto sobre sociedades no afecta a la validez de dicha Directiva en vista de los principios de igualdad de trato y de no discriminación y de los artículos 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

A continuación, declara que el grado de precisión y de claridad de la terminología utilizada en las disposiciones de la Directiva sometidas a su examen no pone en entredicho la validez de esta última en vista de los principios de seguridad jurídica y de legalidad en materia penal, y considera igualmente que la injerencia en la vida privada del intermediario y del contribuyente que conlleva la obligación de comunicar información está definida con la suficiente precisión teniendo en cuenta los datos que debe contener dicha comunicación de información.

Por otra parte, en su sentencia de 8 de diciembre de 2022 (Orde van Vlaamse Balies y otros), el Tribunal de Justicia declaró que la obligación impuesta al abogado, que ha sido dispensado de la obligación de comunicar información debido a su secreto profesional, de notificar a los otros intermediarios implicados en el mecanismo fiscal sus propias obligaciones de comunicar información (en lo sucesivo, «obligación de notificación») vulnera el referido secreto profesional. En la sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia explica que la sentencia de 8 de diciembre de 2022 vale solamente en cuanto concierne a los abogados en el sentido de la Directiva destinada a facilitar el ejercicio permanente de la profesión de abogado en un Estado miembro distinto de aquel en el que se haya obtenido el título[2] y no a los otros profesionales eventualmente habilitados para ejercer la representación en los litigios ante los Tribunales. La confidencialidad de la relación ente el abogado y su cliente goza de una protección absolutamente específica basada en la posición singular que ocupa el abogado en la organización judicial de los Estados miembros y en la misión fundamental que se le ha confiado y que todos los Estados miembros reconocen.

Por último, el Tribunal de Justicia señala que la obligación de comunicar información que incumbe a los intermediarios que no pueden acogerse a la dispensa de dicha obligación por razones del secreto profesional al que estuvieran sometidos y, en caso de no existir intermediarios, al contribuyente interesado, constituye una injerencia proporcionada y justificada en el derecho al respeto de la vida privada, entendido como derecho de toda persona a organizar su vida privada.

 

[1] Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad y por la que se deroga la Directiva 77/799/CEE, en su versión modificada por la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018.

[2] Directiva 98/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, destinada a facilitar el ejercicio permanente de la profesión de abogado en un Estado miembro distinto de aquel en el que se haya obtenido el título, en su versión modificada por la Directiva 2013/25/UE del Consejo, de 13 de mayo de 2013.

 

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