La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si para que el obligado tributario pueda aprovecharse de la reducción contemplada en el artículo 20.3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, es o no suficiente con que ostente la condición de trabajador activo durante un solo día del periodo impositivo
Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2011, por el art. 60.1 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre
Redacción aplicable desde el 01/01/2011 hasta el 31/12/2014
Artículo 20. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
…
- Adicionalmente, las personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos podrán minorar el rendimiento neto del trabajo en 3.264 euros anuales.
Dicha reducción será de 7.242 euros anuales, para las personas con discapacidad que siendo trabajadores activos acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.
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