Se pregunta l TS si tiene el sujeto derecho a la devolución de las cuotas indebidamente repercutidas cuando se le niega la deducibilidad de determinadas cuotas soportadas

Publicado: 17 julio, 2020

Regularización de las cuotas de IVA soportado por servicios, cuya realidad niega la Administración Tributaria.- Necesidad de regularizar las cuotas de IVA repercutido por los mismos servicios discutidos, permitiendo así una íntegra regularización y evitándose el enriquecimiento injusto a favor de la Administración tributaria.

Fecha: 11/06/2020

Fuente: web del Poder Judicial

Enlace: acceder a Auto del TS de 11/06/2020

 

Precisar que la cuestión que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

Determinar si, habiéndole negado la Administración tributaria a un sujeto pasivo la deducibilidad de determinadas cuotas soportadas de IVA por no considerarse probados ciertos servicios declarados, aun así, por mor del artículo 14 del Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria , en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, y de acuerdo con el principio de íntegra regularización conformado en la jurisprudencia de esta Sala, la Administración tributaria debe asimismo efectuar las actuaciones de comprobación necesarias para determinar si el mismo sujeto tiene derecho a la devolución de las cuotas indebidamente repercutidas, regularizando de forma íntegra la situación del reclamante con respecto al IVA.

 

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