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Publicado: 30 enero, 2026
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Boletines oficiales

Estatal

AYUDAS. Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona).

Estatal

DECRETO ÓMNIBUS. Resolución de 27 de enero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.

Comparativo

Resumen

Estatal

TRANSPORTE. Resolución de 27 de enero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje.

Estatal

MODIFICACIÓN MODELOS IVA. Orden HAC/27/2026, de 22 de enero, por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de Autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de Autoliquidación mensual, modelo agregado; la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, autoliquidación; la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido; y la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre

Canarias

CONVALIDACIÓN. RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2026, de la Presidencia, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Decreto ley 7/2025, de 23 de diciembre, de ampliación del periodo de aplicación del tipo cero del Impuesto General Indirecto Canario a determinadas operaciones relativas a la erupción volcánica en la isla de La Palma

Guipuzkoa

CONCIERTO ECONÓMICO. NORMA FORAL 2/2025, de 24 de noviembre, por la que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a las modificaciones del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobadas por la Ley 3/2025, de 29 de abril, y se aprueban otras modificaciones tributarias.

Guipuzkoa

MODIFICACIONES TRIBUTARIAS. DECRETO FORAL-NORMA 1/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueban determinadas modificaciones tributarias.

COMPARATIVO

Resolución del TEAR

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD

LGT. LEGITIMACIÓN. El TEAR de Cataluña inadmite una reclamación presentada por la deudora principal contra la declaración de responsabilidad solidaria de un tercero.

No cuenta con legitimación para recurrir un acuerdo de declaración de responsabilidad (en el caso, art. 42.2 a) LGT) el deudor principal, por no ser titular de derecho subjetivo o interés legítimo que resulten afectados por dicho acto.

Enlace:  Resolución del TEAR Catalunya de 27/02/2025

 

El TEAR de Cataluña inadmite una reclamación presentada por XZ, SL, deudora principal, contra la declaración de responsabilidad solidaria de TW, SL por falta de legitimación activa. El Tribunal concluye que la reclamante no se ve jurídicamente afectada por un acto dirigido a un tercero, aplicando el art. 232.1 y 239.4.e) de la LGT y doctrina del TS sobre el interés legítimo.


Sentencia

PROFESIONALES

IRPF. ACTIVIDADES ECONÓMICAS.  El Supremo aclara que la calificación como actividad económica no exige el alta en el RETA, sino la inclusión obligatoria por control societario

A los efectos de calificar unos rendimientos íntegros de actividades económicas al amparo artículo 27.1, tercer párrafo LIRPF el término «incluido» a que hace mención dicho precepto exige única y exclusivamente que el contribuyente esté comprendido o catalogado de manera obligatoria por imperativo legal dentro de los supuestos de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos según el art. 305.2.b) LGSS no siendo necesario que además cumpla el requisito formal de estar dado de alta efectivamente en este régimen especial al amparo del artículo 307 LGSS.

Enlace:  Sentencia del TS de 12/11/2025

El Tribunal Supremo (STS 1443/2025, de 12 de noviembre) aclara el alcance del artículo 27.1, tercer párrafo, LIRPF, en relación con la calificación de los rendimientos obtenidos por socios profesionales de sociedades mercantiles. El Alto Tribunal establece que no es necesario el alta formal en el RETA para que los rendimientos se califiquen como actividades económicas, siendo suficiente que el contribuyente esté incluido obligatoriamente en el RETA por imperativo legal, conforme al artículo 305.2.b) LGSS (control efectivo de la sociedad).

La falta de alta en el RETA constituye un incumplimiento formal sancionable en el ámbito de la Seguridad Social, pero no altera la naturaleza jurídica de la actividad ni su calificación fiscal. Con esta sentencia, el Supremo consolida doctrina y corrige el criterio mantenido por la Administración tributaria y algunos tribunales inferiores, reforzando la primacía de la realidad económica sobre los formalismos administrativos.


Sentencia

EMPLEADA ES LA ESPOSA DEL PROPIETARIO

IP. EXENCIÓN PARTICIPACIONES. El TSJ de Cataluña admite la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio de una sociedad inmobiliaria aunque la empleada sea la esposa del socio mayoritario

El TSJ aplica de forma analógica la sentencia del TS de 14 de julio de 2025 que establece que no cabe rechazarse siempre el carácter laboral del contrato suscrito entre una comunidad de bienes y uno de sus comuneros por la sóla circunstacia de ser partícipe o comunera la persona contratada.

Enlace:  Sentencia del TSJ de Catalunya de 12/11/2025

 

El TSJ de Cataluña reconoce la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio de las participaciones en una sociedad dedicada al alquiler de inmuebles, aunque la persona empleada a jornada completa sea la esposa del socio titular del 99,9 % del capital. El Tribunal rechaza que el vínculo familiar permita negar automáticamente la naturaleza laboral del contrato y considera suficiente la existencia de actividad económica real, contrato laboral formal y prestación efectiva de servicios. Se anulan las liquidaciones y sanciones, alineándose la sentencia con la reciente doctrina del Tribunal Supremo sobre la validez de contratos laborales con familiares.


Sentencia

EXTINCIÓN DEL USUFRUCTO

ISD. PRESCRIPCIÓN.  La prescripción del ISD por consolidación de dominio comienza con la extinción del usufructo, no con la muerte del causante

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma que el dies a quo para liquidar el ISD por consolidación del dominio se sitúa en la muerte del usufructuario y no en el fallecimiento del causante.

Enlace:  Sentencia del TSJ de Catalunya de 12/12/2025

 

El TSJ de Cataluña estima el recurso de la Generalitat y concluye que la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por consolidación del dominio no está prescrita cuando se practica tras la extinción del usufructo, aunque haya prescrito la liquidación inicial por la nuda propiedad. El Tribunal afirma que existe un único hecho imponible, pero con exigibilidad diferida, de modo que el plazo de prescripción para la consolidación comienza con la muerte del usufructuario, y no con el fallecimiento del causante. Esta interpretación se alinea con la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo.


Resolución del TEAR

AUSENCIA DE VISITAS

ITP. VALORACIÓN DE AMARRES.  La valoración de amarres exige visita presencial: sin reconocimiento del bien inmueble no hay motivación válida del informe pericial, conforme a la doctrina reiterada del TS y del TSJ de Illes Balears

La falta de inspección ocular del amarre determina la insuficiente individualización del bien y conlleva la anulación de la valoración administrativa por incumplimiento del deber de motivación

Enlace:  Resolución del TEAR Baleares de 20/02/2025

El Tribunal considera que los amarres tienen naturaleza de bien inmueble y que, conforme a la jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo y del TSJ de Illes Balears, la comprobación de valores exige con carácter general una visita presencial del perito. La ausencia de dicha inspección impide una adecuada individualización del amarre —al no valorar correctamente sus características concretas, servicios, accesos y ubicación—, lo que determina una falta de motivación del informe pericial y justifica la anulación de la liquidación con retroacción de actuaciones.


Auto admitida a trámite

HIJO CONCEBIDO NO NACIDO (NASCITURUS)

TPO. FAMILIAS NUMEROSAS. El Tribunal Supremo deberá pronunciarse sobre si el embarazo del tercer hijo permite aplicar el tipo reducido del ITP a familias numerosas

Enlace:  Auto del TS de 14/01/2026

 

El Tribunal Supremo, mediante Auto de 14 de enero de 2026 (ATS 329/2026), ha admitido a trámite un recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Madrid en relación con la aplicación del tipo reducido del 4% en el ITP para la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas.

La cuestión de interés casacional consiste en determinar si dicho beneficio fiscal puede aplicarse cuando, en el momento del devengo del impuesto, el contribuyente aún no ostenta formalmente la condición de familia numerosa, al estar el tercer hijo concebido pero no nacido.

El Tribunal Supremo aprecia interés casacional objetivo por la existencia de criterios judiciales contradictorios y por la ausencia de jurisprudencia sobre la interpretación conjunta de la normativa tributaria y civil (especialmente el alcance del art. 29 del Código Civil en el ámbito fiscal).


Resolución del TEAR

AGRICULTURA, GANADEROS Y PESCADORES

IRPF. MÓDULOS. La compensación del IVA agrario computa como ingreso y puede expulsar a agricultores, ganaderos y pescadores de módulos y del REAGP

El TEAC unifica criterio y confirma que, si al sumar las compensaciones del IVA se superan los 250.000 euros anuales, el contribuyente queda excluido tanto del régimen de estimación objetiva del IRPF como del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA

Enlace:  Resolución del TEAC de 20/01/2026

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha unificado criterio y ha confirmado que las compensaciones del IVA que perciben agricultores, ganaderos y pescadores deben computarse como ingresos a efectos de comprobar si se supera el límite de 250.000 euros anuales.

En consecuencia, si al sumar las ventas y dichas compensaciones se excede ese umbral, el contribuyente queda excluido tanto del régimen de estimación objetiva del IRPF (módulos) como del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA (REAGP), debiendo tributar por estimación directa y régimen general del IVA.

Este criterio resulta aplicable hasta el ejercicio 2024, ya que solo a partir de 2025 la normativa excluye expresamente la compensación agraria del cómputo de ingresos.


 

Por fin es viernes 23/01/2026 ARNAUT

Publicado: 23 enero, 2026
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Bizkaia

IVA – MÓDULOS

ORDEN FORAL 7/2026, de 13 de enero, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueban los índices y módulos del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para el año 2026.

Gipuzkoa 

MODELO 190. Orden Foral 5/2026, de 16 de enero, por la que se modifica la Orden Foral 586/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 190 «Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y de actividades económicas y premios. Resumen anual», y las formas y plazos de presentación.

IVA – CONDICIÓN OPERADOR CONFIABLE. Orden Foral 6/2026, de 16 de enero, por la que se aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y por la que se regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables.

IVA – MODELO 319 Orden Foral 8/2026, de 16 de enero, por la que se aprueba el modelo 319, «Pago a cuenta del impuesto sobre el valor añadido correspondiente a las entregas de gasolina, gasóleos, y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.


Resolución del TEAR

DEUDOR PRINCIPAL SOCIEDAD CIVIL CON OBJETO MERCANTIL GOZA DE PERSONALIDAD JURÍDICA.

LGT. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. El TEAR de Cataluña anula la declaración de responsabilidad solidaria de un socio por considerar que la sociedad civil tiene personalidad jurídica y objeto mercantil

Si el deudor principal es una sociedad civil que no mantiene sus pactos secretos entre sus socios (y así resulta cuando solicita y obtiene un NIF J para operar en el tráfico, según el propio criterio de la AEAT), tiene personalidad jurídica (si, además, tiene objeto mercantil es contribuyente del I. Sociedades de acuerdo con el art. 7.1 a Ley 27/2014), por tanto queda excluida del tipo de entidades a que se refiere el art. 35.4 de la LGT, y por tanto no resulta de aplicación el supuesto de responsabilidad solidaria regulado en el art. 42.1 b) de la LGT.

Enlace:  Resolución del TEAR de Catalunya de 26/05/2025

El TEAR de Cataluña anula una derivación de responsabilidad solidaria a un socio de una sociedad civil por considerar que la entidad tiene personalidad jurídica y objeto mercantil, al operar con NIF tipo J y dedicarse al transporte. Al no encajar en las entidades del art. 35.4 LGT, no procede aplicar el art. 42.1.b) LGT. Se anula así una deuda de más de 21.000 €.


Resolución del TEAC

DATOS, INFORMES Y DOCUMENTOS

LGT. PROCEDIMIENTO INSPECTOR. Los datos, informes, documentos y antecedentes con trascendencia tributaria obtenidos lícitamente por la Administración tributaria en el curso de un procedimiento inspector pueden ser utilizados por el órgano que haya realizado las actuaciones para la regularización, en su caso, de los ejercicios a los que posteriormente se amplíe el alcance o extensión del procedimiento.

El TEAC avala el uso de documentación obtenida antes de la ampliación formal del procedimiento inspector

Enlace:  Resolución del TEAC de 20/10/2025

El TEAC ha resuelto en unificación de criterio que la Administración Tributaria puede utilizar documentación obtenida lícitamente durante un procedimiento inspector, incluso si se usa para regularizar ejercicios o tributos añadidos posteriormente al alcance inicial.


Resolución del TEAC

REQUERIMIENTOS DE MANIFESTACIÓN PATRIMONIAL

LGT. PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN. IMPUGNABILIDAD. El TEAC declara que los requerimientos de manifestación patrimonial son impugnables: la AEAT no puede negar el acceso a los recursos administrativos contra estos actos.

Enlace:  Resolución del TEAC de 15/10/2025

El TEAC ha establecido que los requerimientos de manifestación patrimonial previstos en el artículo 162.1 de la LGT sí son impugnables en vía administrativa y económico-administrativa, al considerar que imponen una obligación directa al contribuyente y pueden afectar a su esfera jurídica. Se rechaza así la tesis de la AEAT que los calificaba como actos de mero trámite no recurribles. Esta resolución unifica criterio y refuerza las garantías del contribuyente en el procedimiento de recaudación.


Consulta de la DGT

REDUCCIÓN DEL 40%

IRPF. RESCATE PLAN DE PENSIONES.  La DGT niega aplicar la reducción del 40 % en varios rescates parciales de un mismo plan de pensiones en distintos años

La DGT aclara que la reducción solo puede aplicarse a un único rescate en forma de capital por contingencia de jubilación, aunque proceda de un único plan de pensiones.

Enlace:  Consulta V1546-25 de 27/08/2025

La DGT aclara que la reducción del 40% por aportaciones a planes de pensiones anteriores a 2007 solo puede aplicarse a un rescate en forma de capital por cada contingencia (como la jubilación), aunque el partícipe realice varios rescates parciales del mismo plan en ejercicios distintos. Esta reducción podrá aplicarse por cada plan de pensiones diferente, siempre dentro de los plazos establecidos en la disposición transitoria duodécima de la LIRPF.


Consulta de la DGT

OPERACIONES CON CRIPTOACTIVOS POR PARTICULARES

IAE/IRPF. CRIPTOACTIVOS. La DGT declara que las operaciones con criptomonedas realizadas de forma particular generan únicamente ganancias o pérdidas patrimoniales en el IRPF

La compraventa de criptomonedas por cuenta propia no obliga al alta en el IAE ni constituye actividad económica

Enlace:  Consulta V1543-25 de 26/08/2025

La DGT, en la consulta vinculante V1543-25, aclara que la compraventa de criptomonedas realizada por particulares con fondos propios no constituye actividad económica, por lo que no obliga al alta en el IAE. No obstante, estas operaciones sí generan ganancias o pérdidas patrimoniales en el IRPF, que deben integrarse en la base imponible del ahorro. Se confirma el criterio FIFO y la calificación como bienes inmateriales fungibles.


Sentencia

DEUDAS DE LAS CUOTAS DE IRPF

IP. DEDUDAS. El TS nos recuerda quesolo se pueden deducir del Impuesto sobre el Patrimonio las deudas existentes y exigibles a fecha de devengo

Se levantaron liquidaciones del Impuesto sobre el Patrimonio e IRPF de los ejercicios 2011 a 2014, pero las cuotas resultantes del IRPF no podrán deducirse en el IP porque no constituían deudas exigibles a 31 de diciembre de cada ejercicio.

Enlace:  Sentencia del TS de 05/12/2025

El Tribunal Supremo fija doctrina en su sentencia de 5 de diciembre de 2025 (rec. 8121/2023): solo son deducibles del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) aquellas deudas que existan y sean exigibles a 31 de diciembre de cada ejercicio.

El caso analiza si pueden deducirse en el IP deudas del IRPF surgidas tras una inspección varios años después. El TS concluye que las deudas posteriores no pueden minorar la base imponible del IP, aunque se liquiden antes que el propio IP.


Consulta de la DGT

DISOLUCIÓN CON LOTES DESIGUALES

ISD/ITP. COMUNIDAD DE BIENES. La disolución de comunidades de bienes con adjudicaciones desiguales sin compensación tributa como donación por el exceso no compensado

La DGT recuerda el tratamiento en ITPAJD e ISD de la disolución de comunidades de bienes con formación de lotes desiguales y ausencia de compensación entre comuneros

Enlace:  Consulta V1319-25 de 15/07/2025

La DGT concluye que la disolución de una comunidad de bienes no tributa por TPO cuando las adjudicaciones son equivalentes y proporcionales a las cuotas, quedando sujeta únicamente a AJD.

Sin embargo, cuando existen excesos de adjudicación no compensados, dichos excesos tienen carácter gratuito y tributan como donación en el ISD para el comunero beneficiado.

En el caso analizado, al formarse lotes claramente desiguales sin compensación, la DGT entiende que los comuneros que reciben más valor del que les corresponde deben tributar por ISD por el exceso no compensado, manteniéndose AJD para la disolución


Consulta de la DGT

REPARTO NO PROPORCIONAL

ISD. DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS. Reparto no proporcional de dividendos en sociedades familiares y su impacto en el ISD

La DGT estudia cuando el exceso de dividendos puede calificarse como donación

Enlace:  Consulta V1525-25 de 21/08/2025

La DGT aclara que el reparto de dividendos no proporcional en sociedades familiares solo mantiene la naturaleza de dividendo —y, por tanto, tributa en el IRPF— cuando dicho criterio está expresamente previsto en los estatutos sociales.

En caso contrario, las cantidades percibidas por un socio en exceso sobre su porcentaje de participación pueden calificarse como incremento patrimonial a título gratuito, sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, siempre que concurra ánimo de liberalidad (animus donandi), que no se presume y debe acreditarse de forma indubitada.

La DGT subraya la importancia del principio de calificación y recuerda que un mismo incremento patrimonial no puede tributar simultáneamente en IRPF e ISD. La correcta redacción estatutaria resulta, por tanto, clave para evitar contingencias fiscales en este tipo de pactos familiares.


Resolución del TEAR

CRÉDITO A SOCIO.

ISD. REDUCCIÓN POR PARTICIPACIONES EMPRESA FAMILIAR. La cuenta corriente con socios no se presume afecta: sin prueba de remuneración a mercado, la reducción en el ISD decae. El TEAR nos recuerda en esta resolución la carga de la prueba.

Como regla general, la carga de la prueba de la no afectación de un elemento patrimonial contabilizado corresponde a la Administración. No obstante, no se consideran afectos los destinados exclusivamente al uso personal del sujeto pasivo o de cualquiera de los integrantes del grupo de parentesco o aquellos que están cedidos, por precio inferior al de mercado, a personas o entidades vinculadas. En esos casos, la afectación a la actividad debe acreditarse por el obligado tributario. 

Enlace:  Resolución del TEAR de Valencia de 29/01/2025

El TEAR de la Comunidad Valenciana confirma que, aunque con carácter general la carga de la prueba de la no afectación de un elemento patrimonial contabilizado corresponde a la Administración, esta regla se invierte cuando se trata de activos destinados al uso personal del socio o del grupo familiar, o cedidos a vinculados sin acreditar remuneración a valor de mercado.

En el caso analizado, el Tribunal niega la afectación a la actividad económica de un crédito contabilizado en la cuenta corriente con socios, al considerar que el mero registro contable no es prueba suficiente si no va acompañado de contrato, justificación del destino empresarial y acreditación clara de una remuneración efectiva y de mercado. En consecuencia, se confirma la liquidación del ISD y la improcedencia de la reducción por empresa familiar aplicada.


Por fin es viernes 16/01/2026 ARNAUT

Publicado: 16 enero, 2026
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Legislación

ARABA

MODELO 182 y 188. Orden Foral 721/2025, de la segunda teniente de Diputado General y diputada foral del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 30 de diciembre. Modificar las Órdenes Forales 652/2007, de 17 de diciembre, y 325/2017, de 1 de junio, por las que se aprueban los modelos 182 y 188, respectivamente.

NAVARRA

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES. MODELO 653

ORDEN FORAL 130/2025, de 23 de diciembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 653 «Impuesto sobre Sucesiones. Solicitud de prórroga o aplazamiento del plazo de presentación».

NAVARRA

IVA. RÉGIMEN SIMPLIFICADO.

ORDEN FORAL 126/2025, de 18 de diciembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla para el año 2026 el régimen simplificado del impuesto sobre el valor añadido.

NAVARRA

TRIBUTOS SOBRE EL JUEGO. MODELO J-30

ORDEN FORAL 128/2025, de 22 de diciembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo J-30 de autoliquidación de los tributos sobre el juego: rifas y tómbolas.


Sentencia  

TERCER TIRO

LGT. El Supremo prohíbe a Hacienda dictar una tercera liquidación: solo cabe una segunda oportunidad si se anula la primera

El Supremo refuerza los límites a la actuación tributaria: no se permite una tercera liquidación tras dos anulaciones, aunque los errores sean distintos.

Enlace:  Sentencia del TS de 11/12/2025

Síntesis: El Tribunal Supremo anula una tercera liquidación del ITPyAJD practicada por la Agencia Tributaria de Galicia tras dos anulaciones previas, reiterando la doctrina del “doble tiro”. Establece que la Administración solo puede dictar una segunda liquidación tras la anulación de la primera, y prohíbe ulteriores intentos, aunque los errores anteriores sean distintos. La sentencia subraya la vulneración de los principios de buena administración, buena fe y seguridad jurídica, y consolida una doctrina garantista en defensa del contribuyente.

 Sentencia  

MEDIDAS CAUTELARES

LGT. SUSPENSIÓN. El Tribunal Supremo impone a los jueces ponderar expresamente la suspensión administrativa previa cuando existe garantía: no basta con exigir prueba del perjuicio

El Supremo aclara que la suspensión de deudas tributarias garantizadas con aval en vía administrativa debe ser expresamente ponderada por los tribunales, sin exigir prueba adicional del perjuicio si no han variado las circunstancias.

Enlace:  Sentencia del TS de 10/12/2025

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación de la entidad Comercializadora Regulada Gas & Power, S.A., anulando el auto de la Audiencia Nacional que denegó la suspensión de una deuda tributaria por IVA pese a que ya había sido suspendida en vía administrativa con avales suficientes.

El Alto Tribunal establece que los jueces deben ponderar expresamente la suspensión previa concedida por la Administración cuando no haya variado ni la situación de la empresa ni las garantías aportadas, y que no puede exigirse prueba adicional de perjuicio en esos casos. Se fija doctrina jurisprudencial en este sentido, reforzando los principios de seguridad jurídica y buena administración.


Resolución del TEAC

CONTRIBUYENTES POR OBLIGACIÓN REAL

ITSGF. LÍMITE DE LA CUOTA ÍNTEGRA. El TEAC ordena aplicar el límite de cuota del ITSGF también a no residentes

Procede la aplicación del límite de la cuota íntegra del apartado Doce.1 del artículo 3 de la Ley 38/2022 por la que se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, tanto a los sujetos pasivos sometidos al impuesto por obligación personal como a los sometidos por obligación real, al considerarse de aplicación a este impuesto la jurisprudencia sentada respecto al Impuesto sobre el Patrimonio por el Tribunal Supremo en sentencias de 29-10-2025.

Enlace:  Resolución del TEAC de 18/12/2025 y Resolución del TEAC de 18/12/2025

En su resolución 04119/2025, el TEAC estima parcialmente el recurso de un contribuyente no residente, permitiendo que se le aplique el límite del 60 % de la base imponible previsto en la Ley del ITSGF. El Tribunal se apoya en la jurisprudencia del Supremo sobre el Impuesto sobre el Patrimonio, declarando discriminatorio el trato fiscal diferenciado entre residentes y no residentes.


Consulta de la DGT

APLICACIÓN

IRPF. RÉGIMEN DE IMPATRIADOS. La DGT analiza la aplicación del régimen fiscal especial para impatriados a administradores con participación en sociedades españolas

La DGT analiza si un administrador con participación significativa en sociedades españolas puede acogerse al régimen del artículo 93 LIRPF tras retornar a España

Enlace:  Consulta V1439-25 de 29/07/2025

La DGT admite que un contribuyente retornado a España tras trabajar en el extranjero puede acogerse al régimen fiscal especial del artículo 93 LIRPF si su desplazamiento está motivado por su nombramiento como administrador de sociedades españolas y no obtiene rentas por establecimiento permanente. También se requiere que las sociedades no sean patrimoniales, aunque el administrador tenga participación significativa en ellas.


Consulta de la DGT

APLICACIÓN

IRPF. EXENCIÓN POR TRABAJOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO. La DGT aclara que la exención del artículo 7.p) LIRPF se aplica exclusivamente hasta el límite legal, y que el exceso sobre dicha cuantía tributa íntegramente en IRPF, incluso cuando el empleador está amparado por un acuerdo internacional.

Un contribuyente que se desplaza diariamente a Portugal para realizar su actividad laboral en una entidad pública internacional puede aplicar la exención del art. 7.p de la LIRPF.

Enlace:  Consulta V1441-25 de 29/07/2025

La DGT, en su consulta vinculante V1441-25, reitera que la exención del artículo 7.p) LIRPF por trabajos realizados en el extranjero solo se aplica hasta un máximo de 60.100 euros anuales. Cualquier importe que exceda dicha cifra debe tributar en IRPF, incluso cuando el empleador esté amparado por un acuerdo internacional, como es el caso del INL de Braga (Portugal). Se confirma que Portugal cumple los requisitos del artículo, pero no se elimina el límite.

SOCIEDADES DE NUEVA CREACIÓN

IS. TIPO REDUCIDO POR ENTIDADES DE NUEVA CREACIÓN. La DGT avala la aplicación del tipo reducido del 15% en sociedades de nueva creación sin transmisión previa de la actividad por entidades con la mayoría de los mismos socios que realizan las mismas actividades.

La consulta confirma que la vinculación entre socios no impide aplicar el tipo reducido si no existe transmisión jurídica de la actividad ni participación superior al 50% por una sola persona física.

Enlace:  Consulta V1627-25 de 15/09/2025

Tipo reducido del 15% en nuevas sociedades sin transmisión de actividad previa. La DGT permite aplicar el tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades a una entidad de nueva creación constituida por socios de una sociedad previa, siempre que no haya transmisión jurídica de la actividad y ningún socio ostente más del 50% del capital. Tampoco se aplica la exclusión si no forman parte de un grupo según el art. 42 del Código de Comercio.


Sentencia

ESTADO DEL INMUEBLE

ITP. VALOR DE REFERENCIA El TSJ de Cantabria anula una liquidación de ITP por uso incorrecto del valor de referencia catastral al no considerar el estado real de los inmuebles

El TSJ de Cantabria da prioridad a la prueba pericial del contribuyente frente al valor de referencia catastral al evidenciarse el deterioro sustancial de los inmuebles transmitidos

Enlace:  Sentencia del TSJ de Cantabria de 26/11/2025

El TSJ de Cantabria anula una liquidación de ITP y AJD de 23.125,99 € por considerar que el valor de referencia catastral no reflejaba el estado real de los inmuebles, deteriorados e inhabitables. Da plena validez al informe pericial del contribuyente y reprocha a la Administración no haber solicitado un nuevo informe del Catastro ante las pruebas aportadas.


Consulta de la DGT

RESIDENCIA DE LA TERCERA EDAD

IVA. SERVICIOS DE PELUQUERÍA. Los servicios de peluquería en residencias de mayores tributan al 21% de IVA, sin tipo reducido.

La DGT aclara que estos servicios no se consideran asistencia social, por lo que no pueden beneficiarse del tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Enlace:  Consulta V1404-25 de 22/07/2025

SÍNTESIS: La DGT aclara que los servicios de peluquería en residencias de mayores tributan al 21% de IVA.Una autónoma que presta estos servicios consultó si podían beneficiarse del tipo reducido. Hacienda responde que, al no considerarse asistencia social, deben tributar al tipo general.


Resolución del TEAC  

DEDUCCIONES

IVA. El TEAC nos recuerda que no son deducibles las cuotas de IVA no registradas en el SII, aunque incluidas en el modelo 322, al inicio de las actuaciones inspectoras.

La falta de anotación en el Suministro Inmediato de Información impide deducir el IVA soportado, salvo excepciones tasadas.

Enlace:  Resolución del TEAC de 27/10/2025

El Tribunal Económico-Administrativo Central (resolución de 27/10/2025) confirma que no son deducibles las cuotas de IVA soportadas —salvo las de adquisiciones intracomunitarias y supuestos de inversión— que no estaban debidamente registradas en el Suministro Inmediato de Información (SII) al inicio de las actuaciones inspectoras aunque estuvieran en el modelo 322. Reitera que el cumplimiento formal es exigible en fase de comprobación.

Además, avala la regularización por no repercutir el recargo de equivalencia a minoristas y desestima la pretensión de que las manifestaciones unilaterales de clientes o el uso de tarjetas distintas acrediten válidamente su no sujeción al régimen.


Legislación

UNIÓN EUROPEA

Comunicación de la Comisión El Acuerdo sobre puertos seguros del Marco Inclusivo de la OCDE y la Directiva sobre el Pilar Dos


 

Por fin es viernes 09/01/2026 ARNAUT

Publicado: 9 enero, 2026
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Legislación:

ESTATAL:

MEDIDAS URGENTES TRIBUTARIAS.

Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.

Comparativo

Resumen

PRECIOS MEDIOS DE VENTA. Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

IVA – CARBURANTES 

Orden HAC/1495/2025, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 319, «Pago a cuenta del IVA correspondiente a las entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

OPERADOR CONFIABLE. Orden HAC/1496/2025, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y por la que se regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables, en materia de garantías del ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a determinados carburantes que abandonan el régimen de depósito distinto del aduanero.

 

IVA. Orden HAC/1497/2025, de 17 de diciembre, por la que se establecen los requisitos y los aspectos generales correspondientes a los avales a los que se refiere el apartado undécimo del anexo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que deben constituirse en garantía del ingreso del citado impuesto con ocasión de la entrega de determinados carburantes que abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero, y por la que se aprueba el modelo de aval.


CANARIAS

IGIC 

ORDEN de 12 de diciembre de 2025, por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2026.

EXTREMADURA

IMPUESTO SOBRE SUCECIONES Y DONACIONES

Decreto 179/2025, de 16 de diciembre, por el que se establece la organización y funcionamiento del Registro autonómico de personas con especial vinculación a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

ALAVA

Norma Foral 16/2025, de 12 de diciembre, que establece un impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud

Norma Foral 17/2025, de 12 de diciembre, que aprueba el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras, y que modifica la Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, y la Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

CATALUNYA

IMPOST SOBRE L’EMISSIÓ D’ÒXIDS DE NITROGEN A L’ATMOSFERA PRODUÏDA PER L’AVIACIÓ COMERCIAL

Ordre ECF/221/2025, de 30 de desembre, per la qual s’aprova el model d’autoliquidació 990, de l’impost sobre l’emissió d’òxids de nitrogen a l’atmosfera produïda per l’aviació comercial

GUIPÚZKOA

Decreto Foral 26/2025, de 23 de diciembre, por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos, y se modifican el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y el Decreto Foral 25/2016, de 29 de noviembre.


LEYES DE PRESUPUESTOS Y MEDIDAS DE LAS CCAA

Acceder a leyes y medidas de las CCAA


SENTENCIA

ACREDITACIÓN DEL NEGOCIO JURÍDICO

IRPF. GANANCIAS NO JUSTIFICADAS. El Supremo exige acreditar también el negocio jurídico para desvirtuar las ganancias patrimoniales no justificadas en el IRPF

El Tribunal Supremo aclara que el contribuyente debe acreditar no solo el origen de los fondos, sino también el negocio jurídico que justifique su entrada en el patrimonio.

Enlace:  Sentencia del TS de 27/11/2025

SÍNTESIS: El Tribunal Supremo, en su sentencia 5384/2025, fija doctrina sobre las ganancias patrimoniales no justificadas en el IRPF. Establece que el contribuyente debe acreditar no solo el origen (quién y cómo entrega los fondos), sino también el negocio jurídico que justifica la transmisión, como una donación o préstamo. En el caso resuelto, anula la liquidación y sanción impuestas a una contribuyente al considerar probadas las transferencias de familiares y el negocio jurídico subyacente.


PREGUNTAS INFORMA

PREGUNTAS

INFORMA. IRPF. Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de diciembre de 2025

148499 – PERMUTA DE BIENES FUTUROS. RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO

PREGUNTAS

INFORMA. IVA. Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de diciembre de 2025

148502 – CONCURSO DE ACREEDORES MICROEMPRESAS

148503 – TRANSMISIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS A FAVOR DE SUCURSAL EXISTENTE


SENTENCIA  

TIPO DE IVA APLICABLE

IVA. El Supremo reitera su criterio de aplicar el 21% de IVA en reparaciones pagadas por aseguradoras aunque beneficien a particulares.

Enlace:  Sentencia del TS de 27/11/2025

 

SÍNTESIS: El Tribunal Supremo, en su sentencia STS 5568/2025 (RC 6044/2023), ha confirmado la improcedencia de aplicar el tipo reducido del 10% del IVA a servicios de reparación de viviendas cuando son contratados y abonados por aseguradoras, aunque el beneficiario final sea un particular.

Además, el Alto Tribunal ratifica las sanciones impuestas al considerar que no hubo interpretación razonable de la norma ni ausencia de culpabilidad, desestimando también la vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

Doctrina fijada: No procede el tipo reducido del 10% en reparaciones cubiertas por seguros si el contratante es la aseguradora.


Por fin es viernes 19/12/2025 ARNAUT

Publicado: 19 diciembre, 2025
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Legislación:

Unión Europea

APLICACIÓN PROVISIONAL DEL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN SOBRE CUENTAS FINANCIERAS

Información relativa a la aplicación provisional del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional

Información relativa a la entrada en vigor del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Andorra relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional

Información relativa a la entrada en vigor del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Mónaco relativo al intercambio de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a escala internacional, de conformidad con la norma de intercambio automático de información sobre cuentas financieras elaborada por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE)


Trabajo de la OCDE

ESTABLECIMIENTO PERMANENTES

TELETRABAJO. La OCDE actualiza su modelo de convenio e introduce nuevos criterios respecto al teletrabajo transfronterizo y la fiscalidad internacional

Enlace:  Actualización del modelo OECD

Síntesis: La OCDE ha aprobado una actualización relevante de su Modelo de Convenio para evitar la doble imposición y de los Comentarios, con el objetivo de adaptar las reglas de fiscalidad internacional a los nuevos modelos de trabajo y aclarar diversas cuestiones técnicas de aplicación práctica. La actualización fue adoptada por el Consejo de la OCDE el 18 de noviembre de 2025 y constituye la primera revisión de calado desde 2017.

El impulso principal de esta revisión viene dado por la generalización del teletrabajo transfronterizo, que ha planteado dudas recurrentes sobre la posible generación de establecimientos permanentes, así como por la necesidad de alinear el Modelo con desarrollos recientes en materia de precios de transferencia, resolución de conflictos e intercambio de información.

A continuación, se resumen los principales cambios introducidos y su impacto práctico.

acceder a resumen


Legislación:

Illes Balears

PAGO TRIBUTOS Y DEUDAS MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA 

Orden 33/2025, de 10 de diciembre, del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la que se regula el pago mediante transferencia bancaria de tributos y deudas cuya gestión recaudatoria corresponda a la Agencia Tributaria de las Illes Balears

Síntesis: La Orden 33/2025, de 10 de diciembre, del consejero de Economía, Hacienda e Innovación tiene por objeto establecer el procedimiento y las condiciones para efectuar el pago mediante transferencia bancaria de los tributos y deudas cuya gestión recaudatoria corresponde a la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB).

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.


Bizkaia

IMPUESTOS

NORMA FORAL 5/2025 de 12 de diciembre, del impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras, por la que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia a las modificaciones introducidas en el concierto económico por la Ley 3/2025, de 29 de abril y se realizan otras modificaciones tributarias.

Impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud

NORMA FORAL 6/2025, de 12 de diciembre, por la que se establece un impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud y se modifican la Norma Foral del impuesto sobre sociedades y la norma foral del impuesto sobre la renta de las personas físicas.


Gipuzkoa

IS – IRPF

 Decreto Foral 22/2025, de 2 de diciembre, por el que se desarrolla parcialmente la Norma Foral 1/2025, de 9 de mayo, y se introducen otras modificaciones reglamentarias.

COMPARATIVO


Estatal

VALORES DE REFERENCIA INMUEBLES RÚSTICOS. Anuncio de la Dirección General del Catastro para general conocimiento de los valores de referencia de los bienes inmuebles rústicos sin construcciones para el ejercicio 2026.

VALORES DE REFERENCIA INMUEBLES URBANOS. Anuncio de la Dirección General del Catastro para general conocimiento de los valores de referencia de los bienes inmuebles urbanos para el ejercicio 2026.


Resolución del TEAC 

RESPONSABLES TRIBUTARIOS

LGT. PROCEDIMEINTO DE RECAUDACIÓN.  El TEAC refuerza el estándar probatorio para derivar responsabilidad a administradores: se requiere probar falta clara de diligencia

Hacienda derivó responsabilidad a la administradora tras el cese de actividad de la sociedad, pero el TEAC exige acreditar su falta de diligencia para mantener la imputación

Enlace:  Resolución del TEAC de 16/09/2025

 SÍNTESIS: La Agencia Tributaria derivó la responsabilidad a una administradora por una deuda de IVA de más de 850.000 euros, alegando que no promovió la disolución ni el concurso tras el cese de actividad. Sin embargo, el TEAC estima el recurso y anula la derivación al no haberse probado una falta de diligencia, dado que la deuda estaba fraccionada y garantizada mediante hipoteca aceptada por la propia AEAT. La resolución refuerza el criterio de que no basta con la existencia de la deuda: es necesario acreditar de forma clara la conducta negligente del administrador para exigir responsabilidad conforme al artículo 43.1.b) de la LGT.


Sentencia

PORCENTAJE DE AMORTIZACIÓN

IRPF. TRANSMISIÓN DE UN INMUEBLE. El Supremo avala que arrendadores no empresarios puedan aplicar amortización inferior al 3% al calcular la ganancia patrimonial en la transmisión de inmuebles.

El Supremo reconoce que la amortización fiscal en transmisiones de inmuebles arrendados puede ajustarse a la vida útil del bien, aunque el arrendador no ejerza actividad económica.

Enlace:  Sentencia del TS de 20/11/2025

 Síntesis: El Tribunal Supremo, en la STS 5416/2025, fija como doctrina que si el sujeto pasivo no llevó a cabo actividades económicas empresariales o profesionales, pero obtuvo rendimiento del capital inmobiliario por la cesión de un inmueble y calculó la amortización conforme a lo previsto en la Orden Ministerial 27 de marzo de 1998, cuando en un momento posterior proceda a su transmisión, no tendrá que aplicar la amortización máxima del 3% sobre el coste de adquisición satisfecho o el valor catastral y sí podrá aplicar, para determinar el valor de adquisición de inmueble, otra inferior que encaje en el concepto de amortización mínima del art. 35 Ley IRPF.


Consulta DGT 

ACEPTACIÓN DE LA HERENCIA

ISD. La aceptación de la herencia y el devengo del Impuesto sobre Sucesiones: claves sobre la herencia yacente

La DGT recuerda que no hay obligación de presentar el Impuesto sobre Sucesiones mientras no haya aceptación expresa o tácita, aunque advierte sobre los efectos retroactivos y la prescripción.

Enlace:  Consulta V1744-25 de 24/09/2025

Síntesis: La DGT nos resuerda que mientras no se acepte una herencia, ya sea de forma expresa o tácita, no existe obligación de presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). No obstante, si la aceptación se produce fuera del plazo reglamentario, los efectos tributarios se retrotraen al fallecimiento del causante, lo que puede implicar una presentación fuera de plazo, con sus consecuencias. Además, la prescripción del derecho de la Administración a liquidar el impuesto se computa desde que finaliza el plazo de presentación, y no desde la aceptación de la herencia.


Resolución del TEAC 

ADQUISICIÓN INMUEBLE A UN NO RESIDENTE

IRNR. SOLICITUD RECTIFICACIÓN RETENCIONES. El TEAC confirma que solo quien soporta la retención tiene derecho a obtener la devolución de ingresos indebidos, no quien la ingresa como retenedor

Solo el retenido puede recuperar retenciones indebidas: el TEAC niega al comprador la devolución del IRNR ingresado por error.

Enlace:  Resolución del TEAC de 20/10/2025

 Síntesis: El TEAC reitera que solo quien soporta una retención indebida —no quien la ingresa como retenedor— tiene derecho a obtener su devolución. En este caso, se desestima la solicitud de un comprador que practicó retención IRNR a vendedores que resultaron ser residentes fiscales en España. Aunque puede solicitar la rectificación, la devolución corresponde únicamente a los transmitentes.


Resolución del TEAC 

PRECIOS DE TRANSFERENCIA

IS. CASH POOLING. No es admisible la asimetría en el tratamiento dado por el obligado tributario a las operaciones acreedoras y deudoras en el cash pooling.

La STS de 15 de julio de 2025 (recurso de casación nº 4729/2023) fija doctrina en las concretas circunstancias del recurso de que en relación  con las operaciones de financiación efectuadas en un sistema de tesorería centralizada (cash pooling) por un grupo societario multinacional, de la aplicación del método de libre competencia se desprende que el tipo de interés de las cantidades aportadas y de las cantidades percibidas por las entidades participantes sea simétrico.

Enlace:  Resolución del TEAC de 20/10/2025

 Síntesis: El TEAC ha confirmado la corrección realizada por la AEAT en un esquema de cash pooling multinacional, al considerar incompatible con el principio de libre competencia que se apliquen tipos de interés distintos a saldos deudores y acreedores dentro del mismo sistema de tesorería centralizada.

Se reitera así la doctrina de la STS de 15 de julio de 2025, que exige simetría en la remuneración financiera en este tipo de operaciones vinculadas.


Sentencia

ADQUISICIÓN DE ACCIONES PROPIAS

IS. RESERVA DE CAPITALIZACIÓN. El TSJ de Castilla y León avala la aplicación de la reserva de capitalización pese a la adquisición de autocartera derivada de una separación de socio. La adquisición de acciones propias en una separación de socios no perjudica la reserva de capitalización

El TSJ de Castilla y León anula liquidación del IS 2019 por incorrecto cómputo de fondos propios: la autocartera derivada del derecho de separación del socio no impide aplicar la reserva de capitalización

Enlace:  Sentencia del TSJ de Castilla y León de 17/10/2025

 Síntesis: El TSJ de Castilla y León anula una liquidación del IS 2019 y confirma que la adquisición de acciones propias derivada del derecho de separación de un socio no impide aplicar la reserva de capitalización. La autocartera, cuando no conlleva reducción de capital, no supone una minoración relevante de los fondos propios a efectos del art. 25 LIS. Se consolida así un criterio favorable alineado con doctrina previa del propio Tribunal y con el criterio administrativo de la AEAT.


Consulta de la DGT

DEVENGO

IVA. SERVICIOS DE ASESORÍA EMPRESARIAL. El IVA en los servicios de asesoría empresarial se devenga al finalizar la prestación, salvo anticipos

La DGT determina que los servicios de asesoría no son operaciones de tracto sucesivo, fijando el devengo del IVA en el momento de finalización del servicio o, en su caso, en el del cobro anticipado

Enlace:  Consulta V1659-25 de 16/09/2025

 SÍNTESIS: La DGT concluye en la consulta V1659-25 que los servicios de asesoría empresarial no son de tracto sucesivo, por lo que el IVA se devenga al finalizar la prestación. Si hay pagos anticipados, el impuesto se devenga en el momento del cobro. La fecha de factura o minuta no determina el devengo. Criterio alineado con el ya establecido para los servicios jurídicos.


Por fin es viernes 12/12/2025 ARNAUT

Publicado: 12 diciembre, 2025
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Legislación

Europa
Decisión (UE) 2025/2325 del Consejo, de 10 de octubre de 2025, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional

 

Decisión (UE) 2025/2399 del Consejo, de 20 de noviembre de 2025, relativa a la celebración del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Andorra relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional

Decisión (UE) 2025/2413 del Consejo, de 20 de noviembre de 2025, relativa a la celebración del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional

Decisión (UE) 2025/2430 del Consejo, de 29 de septiembre de 2025, relativa a la celebración del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Liechtenstein relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional


Estatal

IRPF – MÓDULOS ESTIMACIÓN OBJETIVA

IVA – RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Resumen


Congreso de los Diputados  

CONVALIDACIÓN

VERI*FACTU. El Congreso convalida un real decreto-ley con medidas para favorecer la inversión de entidades autonómicas y locales y que aplaza la entrada en vigor de parte del reglamento relativo a los sistemas informáticos de facturación

Enlace:  Nota de prensa


Auto admitido a trámite 

PLAZO DE PRESCRIPCIÓN

LGT. DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA. El TS deberá pronunciarse sobre el cómputo del plazo de prescripción para solicitar la devolución de ingresos indebidos tras una declaración complementaria

Enlace:  Auto del TS de 12/11/2025


Consulta 

ACCESO VOLUNTARIO

LGT. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. El acceso voluntario a notificación electrónica surte efectos jurídicos plenos aunque no se esté obligado a recibir notificaciones electrónicas.

La DGT considera válida la notificación cuando se accede voluntariamente a su contenido en la Dirección Electrónica Habilitada Única, incluso si posteriormente se practica notificación postal

Enlace:  Consulta V1565-25 de 03/09/2025


Sentencia 

FALTA DE DECLARACIÓN EXPRESA DE CADUCIDAD

LGT. CADUCIDAD. El Supremo obliga a declarar formalmente la caducidad de los procedimientos tributarios: sin ella, el inicio de un nuevo procedimiento es inválido.

El Tribunal Supremo refuerza la seguridad jurídica en los procedimientos tributarios: sin declaración expresa de caducidad, no puede iniciarse uno nuevo. Reitera doctrina

Enlace:  Sentencia del TS de 23/10/2025


Sentencia de TS 

ACREDITACIÓN

IRPF. GANANCIAS PATRIMONIALES NO JUSTIFICADAS. El Supremo exige acreditar el negocio jurídico para evitar la imputación de rentas como ganancias patrimoniales no justificadas.

Para desvirtuar la calificación de una ganancia patrimonial como no justificada en los términos del artículo 39 LIRPF el contribuyente debe probar el origen o fuente de los elementos patrimoniales, esto es, (i) de dónde proceden mediante la identificación del medio de transmisión de los bienes o derechos, (ii) de quién proceden mediante la identificación de la persona que los transmite, y, (iii) por qué se transmiten acreditando el negocio jurídico por el que se transfiere la titularidad de los bienes y derechos que alteran la composición del patrimonio

Enlace:  Sentencia del TS de 27/11/2025 (res. 1539/2025) y Sentencia del TS de 27/12/2025 (res. 1537/2025)


Consulta 

SOCIEDAD EN LIQUIDACIÓN

IS/IVA. ADJUDICACIÓN VEHÍCULO AL SOCIO. La DGT analiza en esta consulta la adjudicación de vehículo a un socio tras liquidación de la sociedad: tributación en Sociedades y en IVA

La DGT analiza la tributación de la entrega de un vehículo a un socio en fase de liquidación de la sociedad, considerándolo autoconsumo en IVA y ganancia en IS.

Enlace:  Consulta V1593-25 de 10/09/2025


Por fin es viernes 05/12/2025 ARNAUT

Publicado: 5 diciembre, 2025
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Boletines Oficiales

Estatal

ENTRADA EN VIGOR SIF. Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.

PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS. Orden HAC/1361/2025, de 20 de noviembre, por la que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos para la interposición, tramitación y resolución de las reclamaciones y recursos en vía económico-administrativa por los obligados tributarios, y se aprueban diversos formularios.

 

PROCEDICIMIENTOS TRIBUTARIOS. MODELO DE REPRESENTACIÓN. Orden HAC/1358/2025, de 20 de noviembre, por la que se establece el régimen de las actuaciones realizadas a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de aplicación de los tributos cuya tramitación corresponda a la Dirección General de Tributos y se prevé la aprobación del formulario y modelo de representación de carácter voluntario a utilizar en dichos procedimientos.


Gipuzkoa

NORMATIVA TRIBUTARIA FORAL. Norma Foral 2/2025, de 24 de noviembre, por la que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a las modificaciones del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobadas por la Ley 3/2025, de 29 de abril, y se aprueban otras modificaciones tributarias.

COMPARATIVO


Canarias

IGIC. TABLA DE EQUIVALENCIAS. Resolución de 19 de noviembre de 2025, por la que se aprueba la tabla de correspondencia de los preceptos de las normas legales que son objeto de refundición en el texto refundido de las normas legales aprobadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Impuesto General Indirecto Canario y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, aprobado por el Decreto legislativo 1/2025, de 13 de octubre.

CONSORCIO DE LA ZONA ESPECIAL CANARIA. Resolución de 17 de noviembre de 2025, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica la Circular 1/2025, de 28 de octubre, del Consejo Rector, por la que se establecen los criterios de comunicación de la inaplicación de los incentivos fiscales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.4 del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias en las materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la reserva de inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria, aprobado por el Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre


Congreso de los Diputados

AVOCACIÓN POR EL PLENO

LGT. El Pleno del Congreso acuerda avocación del Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de prescripción, recaudación, asistencia mutua y obligaciones de información; la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Enlace:  BOCG 03/12/2025

Comparativo

Resumen del Proyecto


Normas en tramitación

TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA (UE) 2025/516

IVA. Se somete a información pública el anteproyecto de ley por la que se modifica la ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, para la transposición parcial de la directiva (UE) 2025/516 del consejo, de 11 de marzo de 2025 por la que se modifica la directiva 2006/112/ce en lo que respecta a las normas del IVA en la era digital

Enlace:  Proyecto


Sentencia

COMPETENCIA TERRITORIAL INDEBIDA

LGT. ANULABILIDAD. El Supremo confirma que la extensión indebida de la competencia territorial de la Inspección solo provoca la anulabilidad de las liquidaciones, no su nulidad radical

Enlace:  Sentencia del TS de 17/11/2025


Actualidad web AEAT

RECARGO DE APREMIO

LGT. ANÁLISIS. El recargo de apremio como crédito contra la masa. Una aclaración imprescindible del TS. Comentario de la STS 1485 2025

Enlace:  Análisis


Consulta DGT

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS

IRPF. INDEMNIZACIÓN. Indemnización por incapacidad permanente total derivada de seguro colectivo mixto: la DGT niega la exención del artículo 7.d) LIRPF

La indemnización de 40.000 € por incapacidad permanente total no está exenta si la póliza cubre también enfermedad (no es un “seguro de accidentes” puro)

Enlace:  Consulta V1282-25 de 10/07/2025


Sentencia TG de la UE

ACTIVIDAD DE INTERMEDIARIO

IVA. CONTRATOS DE CRÉDITO INMOBILIARIO.  EXENTO DE IVA.El Tribunal de la UE amplía la exención de IVA para intermediarios financieros sin poder de decisión.

La actividad de captación y asistencia previa a la firma de créditos hipotecarios se considera “negociación de créditos” exenta de IVA, incluso si el intermediario no actúa en nombre del banco ni influye en las condiciones del contrato.

Enlace:  Asunto T-657/24 de 26/11/2025


Consulta DGT

TRANSFORMACIÓN DE LOCAL EN VIIVENDA

IVA. TIPO DEL 10%. La DGT analiza la conversión de locales en viviendas: el tratamiento de IVA según su rehabilitación.

La DGT analiza cuándo se aplica la exención de IVA, el tipo reducido, la inversión del sujeto pasivo y el derecho a deducción en transmisiones de inmuebles reformados. Además, adapta su criterio a lo establecido en el TS respecto a la exigencia de la cédula de habitabilidad para poder aplicar el tipo del 10% cuando se transforma un local en vivienda.

Enlace:  Consulta V1621-25 de 15/09/2025


Consulta DGT

CAMBIO DE USO

AJD.  La DGT examina la tributación por AJD en escrituras que declaran obra nueva y cambio de uso a apartamentos turísticos

La consulta analiza si debe tributarse por actos jurídicos documentados en supuestos de rectificación de distribución y cambio de uso en un edificio con única referencia catastral

Enlace:  Consulta V1727-25 de 23/09/2025


Por fin es viernes 28/11/2025 ARNAUT

Publicado: 28 noviembre, 2025
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Legislación

Unión Europea

INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN CRIPTOACTIVOS 

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2263 de la Comisión, de 12 de noviembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2378 en lo que respecta a los formularios normalizados y los formatos electrónicos para el intercambio automático obligatorio de información sobre criptoactivos sujetos a comunicación de información, a la comunicación de la evaluación anual y a la lista de datos estadísticos que deben facilitar los Estados miembros en virtud de la Directiva 2011/16/UE del Consejo


Estatal

CÓMPUTO DE PLAZOS. Resolución de 18 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2026.


Estatal

PRORROGA MEDIDAS URGENTES 

Real Decreto-ley 13/2025, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas complementarias urgentes para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras los daños ocasionados por las erupciones volcánicas.


Consejo de Ministros

NORMAS DEL IVA EN LA ERA DIGITAL

IVA. Se aprueba el ANTEPROYECTO DE LEY por la que se modifica la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para la transposición parcial de la Directiva (UE) 2025/516 del Consejo, de 11 de marzo de 2025 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las normas del IVA en la era digital, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Enlace:   Referencia


Legislación

Araba

ACTIVIDADES O PROGRAMAS PRIORITARIOS DE MECENAZGO

Decreto Foral 39/2025, de 18 de noviembre del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la relación de actividades o programas prioritarios de mecenazgo en el ámbito de los fines de interés general para 2025, conforme a la Norma Foral 35/2021, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo


Sentencia

DERIVACIÓN

LGT. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Y SUBSIDIARIA. El Tribunal Supremo exige a Hacienda que investigue a los responsables solidarios antes de derivar la deuda al administrador subsidiario

El Supremo refuerza las garantías del responsable subsidiario: la Administración debe investigar a los responsables solidarios identificados antes de derivar deuda tributaria

Enlace:   Sentencia del TS de 05/11/2025


Resolución del TEAC

LIQUIDACIÓN VINCULADA AL DELITO

LGT. PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN. El TEAC insiste en qie procede la anulación de la declaración de responsabilidad solidaria de causantes o colaboradores en la realización de actos que dan lugar a una liquidación vinculada a delito si se acordara el sobreseimiento o su absolución, siendo de aplicación las normas generales establecidas en la normativa tributaria en relación con las devoluciones y reembolso del coste de garantías.

Enlace:   Resolución del TEAC de 15/10/2025


Sentencia

COMUNIDAD DE BIENES

IP. EXENCIÓN.El TSJ de Andalucía reconoce la aplicación de la exención de empresa familiar a una comunidad de bienes que realiza actividad de arrendamiento de inmuebles con medios propios.

Enlace:   Sentencia del TSJ de Andalucía de 30/01/2025


Consulta de la DGT

APLICACIÓN DE LA REDUCCIÓN DEL 95% DE EMPRESA FAMILIAR

ISD. CATALUNYA. DONACIÓN “MORTIS CAUSA” CON TRANSMISIÓN DE PRESENTE. La DGT examina la tributación de las donaciones «mortis causa» con transmisión inmediata en Cataluña. La operación se califica como adquisición “mortis causa”, pero se excluye de la reducción del 95% del artículo 20.2.c) de la LISD por no concurrir el fallecimiento del transmitente

Enlace:   Consulta V0575-25 de 01/04/2025


Consulta de la DGT

DONACIÓN DE PARTICIPACIONES ENTRE NO RESIDENTES

ISD. NORMATIVA AUTONÓMICA. Donación de participaciones por no residente: ¿aplicación de normativa estatal o autonómica?

La DGT aclara el criterio para determinar la normativa aplicable en el ISD en donaciones entre no residentes con valores vinculados a bienes inmuebles situados en España.

Enlace:   Consulta V0627-25 de 04/04/2025


Consulta de la DGT

DONACIÓN DE DINERO

ISD. NORMATIVA AUTONÓMICA. Tributación de donación dineraria desde España a un residente en Reino Unido

La DGT aclara la sujeción al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por obligación real y el derecho a aplicar la normativa autonómica en función de la localización del dinero.

Enlace:   Consulta V0586-25 de 01/04/2025


Consulta de la DGT

NO OBLIGATORIEDAD

FACTURA RECTIFICATIVA. Facturas con retención indebida: no es obligatorio emitir factura rectificativa si los requisitos formales están cumplidos

La DGT aclara que, aunque se haya incluido una retención incorrecta en una factura, si esta cumple con los requisitos del Reglamento de facturación, no es obligatoria su rectificación, aunque puede hacerse voluntariamente.

Enlace:   Consulta V1269-25 de 09/07/2025


Por fin es viernes 21/11/2025 ARNAUT

Publicado: 21 noviembre, 2025
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Boletines Oficiales 

Unión Europea                                                                                    

Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional

Primeralectura del PROTOCOLO


Actualidad del TC 

CRITERIO DE REPARTO

IMPUESTO SOBRE EL MARGEN DE INTERESES. El Pleno del TC desestima por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el gobierno de Extremadura contra el criterio de reparto del impuesto sobre el margen de intereses de determinadas entidades financieras

Enlace:   Nota informativa nº 95/2025


Actualidad del TC 

AVALA EL SISTEMA

IS. PAGOS FRACCIONADOS.El Pleno del TC desestima la cuestión de inconstitucionalidad planteada respecto de los pagos fraccionados de las grandes empresas en el impuesto sobre sociedades

Enlace:   Nota informativa nº 96/2025


Boletines Oficiales 

Extremadura

Miércoles, 19 de noviembre de 2025

TASAS. PROCEDIMIENTOS TELEMÁTICOS. Orden de 11 de noviembre de 2025 por la que se regula y autoriza la presentación y pago telemático de la tasa sobre el juego, envite o azar, modalidad casinos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación del modelo de declaración-liquidación 044 de presentación telemática.


Sentencia 

COPIADO DEL DISCO DURO

LGT. OBTENCIÓN ILÍCITA DE PRUEBAS. La nulidad de la autorización judicial para copiar el disco duro invalida la información obtenida y anula la liquidación tributaria basada en ella

Enlace:   Sentencia del TSJ de Murcia de 09/07/2025


Sentencia 

RESPONSABLES SUBSIDIARIOS

LGT. RECARGO DE APREMIO.  El Tribunal Supremo fija doctrina: no procede exigir recargo de apremio a cada responsable subsidiario si ya ha sido abonado por uno de ellos. Reitera doctrina

El Tribunal Supremo anula la multiplicación de recargos en casos de responsabilidad subsidiaria y declara que el pago por uno de los responsables solidarios extingue la obligación para todos.

Enlace:   Sentencia del TS de 31/10/2025


Consulta DGT

PAGO DE DEUDA

IRPF. PÉRDIDAS PATRIMONIALES. La DGT reconoce pérdida patrimonial en el IRPF por pago de deudas ajenas derivadas por responsabilidad subsidiaria.

El pago de deudas tributarias en virtud de una derivación de responsabilidad subsidiaria firme constituye una pérdida patrimonial imputable en el IRPF del periodo en que se realiza el pago.

Enlace:   Consulta V1231-25 de 04/07/2025


Sentencia

NO RESIDENTE

IP. OBLIGACIÓN REAL.  LIMITACIÓN EN LA CUOTA ÍNTEGRA DEL IMPUESTO. El Tribunal Supremo permite aplicar a no residentes el límite del 60% en el Impuesto sobre el Patrimonio: la residencia no justifica un trato fiscal diferente.

El Supremo extiende a los no residentes el límite del 60% en la tributación conjunta del IRPF e IP para evitar efectos confiscatorios y garantizar la igualdad tributaria. Estima que no es necesaria la presentación de una cuestión prejudicial.

Enlace:   Sentencia del TS de 03/11/2025 y Sentencia del TS de 29/10/2025


Consulta DGT

CONYUGE DEL ADMINISTRADOR

IP. REQUISITO DEL EMPLEADO. El cónyuge del administrador como empleado en el alquiler de inmuebles no impide la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio

La DGT permite considerar cumplido el requisito de actividad económica aunque el trabajador esté encuadrado en el Régimen Especial de Autónomos, siempre que exista una dedicación real y a jornada completa

Enlace:   Consulta V0203-25 de 19/02/2025


Autos del TS 

EXENCIÓN

IP. El Supremo decidirá si se mantiene la exención del Impuesto sobre el Patrimonio tras una fusión que reduce la participación por debajo del 5%

Enlace:   Auto del TS de 18/06/2025


ÚLTIMO BALANCE APROBADO

IP. El Supremo aclarará qué balance usar para valorar participaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio

Enlace:   Auto del TS de 02/07/2025


Resolución del TEAC 

ACEPTACIÓN TÁCITA

ISD. ACEPTACIÓN DE LA HERENCIA. Se considera aceptada tácitamente la herencia del causante, al haber dispuesto de fondos privativos del causante en cuentas de titularidad indistinta.

Enlace:   Resolución del TEAC de 30/10/2025


Sentencia 

SERVICIOS DE INGENIERÍA

IS. PATENT BOX.  La Audiencia Nacional niega la aplicación del Patent Box a servicios de ingeniería, pero anula la sanción por la complejidad interpretativa del caso

Enlace:   Sentencia de la AN de 06/10/2025


Resolución del TEAC

FACTURAS RECTIFICATIVAS

IVA. MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE. El TEAC nos recuerda que la emisión de facturas rectificativas para repercutir IVA ex novo inicia el plazo para modificar la base imponible en caso de impago.

Enlace:   Resolución del TEAC de 15/07/2025


Consulta DGT

NO RESIDENTE

IVA. NO EXENTO. La cesión de un piso situado en España por un no residente a una empresa que lo arrendará con fines turísticos en nombre propio está sujeto a IVA.

Enlace:   Consulta V1435-25 de 29/07/2025


Por fin es viernes 14/11/2025 ARNAUT

Publicado: 14 noviembre, 2025
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Actualidad Consejo Europeo 

ADUANAS

ARANCELES. PEQUEÑOS PAQUETES.  El Consejo de la UE acuerda eliminar el umbral de 150 € en derechos de aduana para pequeños paquetes

Enlace:   Nota de prensa

El Consejo de la Unión Europea ha alcanzado un acuerdo político para suprimir el actual umbral que permite la entrada en la UE de paquetes con valor inferior a 150 € sin pago de derechos de aduana. La medida responde al fuerte aumento de envíos de bajo valor procedentes de terceros países —principalmente China— y a la práctica extendida de infravaloración de mercancías para eludir los derechos.

Asimismo, debido a la urgencia del problema, el Consejo se compromete a activar en 2026 una solución transitoria que permita gravar estos envíos hasta que entre en funcionamiento el futuro EU Customs Data Hub.


Proyecto de Orden

MODELOS

FRANQUICIAS. Se publica, para su audiencia e información pública, el Proyecto de Orden por la que se aprueban el modelo 041 «Solicitud de franquicia en otros estados miembros» y el modelo 350 «Régimen de franquicia. Declaración informativa del volumen de operaciones comunitario», y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.

Enlace:   Proyecto


Normas

Bizkaia

ORDEN FORAL 468/2025, de 5 de noviembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se modifica la Orden Foral 60/2015, de 9 de enero, por la que se aprueba el modelo 20R «Comunicación a efectos de la aplicación del régimen fiscal especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea».


Resolución del TEAC

DUE DILIGENCE

LGT. REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN. La Administración Tributaria puede requerir la aportación de informes de “due diligence”.

El TEAC concluye que es conforme a derecho un requerimiento de información emitido por la AEAT por el que se solicita a la entidad compradora de unas participaciones la aportación de informes de “due diligence” emitidos en el marco de la compraventa de dichas participaciones.

Enlace:   Resolución del TEAC de 15/10/2025


Actualidad del Poder Judicial

FALTA DE PREAVISO.

LGT. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. El TSJ de Murcia anula un embargo a una empresa al considerar que la falta de preaviso en la notificación electrónica le causó indefensión

La Sala de lo Contencioso estima el recurso frente a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia por defectos en la notificación en la sede electrónica de la providencia de apremio. Considera que la omisión de este requisito “solo será intrascendente si el interesado accede a la notificación”

Enlace:   Sentencia del TS de 02/10/2025


Consulta DGT

NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

LGT. NOTIFICACIONES. Hacienda nos recuerda que la notificación electrónica queda válidamente practicada cuando el contribuyente accede a su contenido, aunque después llegue en papel

La DGT fija el “dies a quo”: prima la primera notificación efectuada —si es acceso en DEHú, esa es la fecha—; la postal posterior es irrelevante

Enlace:   Consulta V1562-25 de 03/09/2025


Consulta DGT

INMUEBLE ADQUIRIDO POR PACTO SUCESORIO DE MEJORA CON ENTREGA DE PRESENTE

IRPF. EXENCIÓN POR REINVERSIÓN.  La DGT confirma que es posible aplicar la exención en IRPF si se cumplen los requisitos de residencia habitual y reinversión, incluso en viviendas adquiridas por pacto sucesorio con entrega de presente.

Enlace:   Consulta V1738-25 de 24/09/2025


Sentencia

PERMUTA CON LAS OBLIGACIONES RECÍPROCAS DE PERMUTA ENTRA DEL SUELO A CAMBIO DE EDIFICACIONES FUTURAS.

IRPF. GANANCIAS PATRIMONIALES. El Supremo fija doctrina: la resolución contractual por incumplimiento (art. 1124 CC) anula la ganancia patrimonial derivada de una permuta de suelo por obra futura

El Tribunal Supremo determina que la resolución contractual por incumplimiento del artículo 1124 del Código Civil anula retroactivamente la permuta y elimina la ganancia patrimonial prevista en el IRPF.

 Enlace:   Sentencia del TS de 27/10/2025


Consulta DGT

ENTREGA DE UN INMUEBLE

ITPyAJD. DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS. La distribución de dividendos en especie mediante la entrega de un inmueble estará sujeta a ITPyAJD como transmisión onerosa.

La DGT considera que la adjudicación de inmuebles a socios por dividendos constituye transmisión patrimonial onerosa, sujeta a TPO por estar exenta de IVA, siendo los socios los sujetos pasivos y quedando excluida la cuota variable de AJD por incompatibilidad.

Enlace:   Consulta V1721-25 de 23/09/2025


Resolución del TEAC

GASTOS FINANCIEROS

IS. GASTOS NO DEDUCIBLES. El TEAC concluye que no son deducibles los gastos financieros derivados de financiación subordinada cuando benefician a otras entidades del grupo

El TEAC refuerza el criterio fiscal sobre la atribución indebida de gastos financieros en operaciones intra-grupo sin justificación económica ni documental suficiente.

Enlace:   Resolución del TEAC de 24/09/2025


Consulta DGT

INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO

IS. DEDUCIBILIDAD FISCAL. La provisión contable por despido es deducible en el ejercicio en que se reconoce contablemente, siempre que ya se haya comunicado la extinción del contrato.

La DGT aclara que la provisión contable por despido es deducible en el ejercicio en que se registra, aunque el pago efectivo se realice al año siguiente

Enlace:   Consulta V1733-25 de 23/09/2025


Sentencia

SUPUESTOS DE SUSTITUCIÓN

ISD. REDUCCIÓN POR PARENTESCO. El Supremo fija doctrina sobre el Impuesto de Sucesiones en renuncias hereditarias con sustitución vulgar: debe atenderse al parentesco del sustituto, no del renunciante. REITERA CRITERIO

El TS se ha pronunciado en 2 sentencias en el mismo sentido que otra anterior de octubre ya puesta en nuestros boletines: el nieto hereda directamente de la abuela cuando hay sustitución vulgar y aplica su propia reducción en Sucesiones, no la del padre que renunció.

Enlace:   Sentencia del TS de 27/10/2025; en el mismo sentido Sentencia del TS de 27/10/2025 y Sentencia del TS de 15/10/2025


Resolución del TEAC

DEVOLUCIÓN A ENTIDAD NO RESIDENTE

IRnR. CAMBIO DE CRITERIO. El TEAC permite la devolución del IRNR a no residentes con pérdidas que no pudieron aplicar el crédito fiscal en su país: cambio de criterio conforme a jurisprudencia del TJUE

Siguiendo el criterio recogido por la Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 28/07/2025, recurso contencioso-administrativo nº 2486/2021, resuelta en base a lo  dicho a su vez por el TJUE en su Sentencia de 19 de diciembre de 2024, Asunto C 601/23, cuya interpretación considera la Audiencia Nacional que es extensible a la norma española del IRNR, este Tribunal Central debe cambiar su criterio y permitir a una entidad no  residente la recuperación del importe retenido  en España que no haya podido ser deducido en el impuesto sobre sociedades de su país  de residencia por insuficiencia de cuota en dicho impuesto debido a la existencia de  pérdidas en el resultado de la entidad.

Enlace:   Consulta V1285-25 de 10/07/2025


Sentencia 

SUMINISTROS.

IVA. DEDUCCIÓN DEL IVA. El TS acepta la deducción del IVA soportado de los suministros de un abogado que trabaja en su domicilio en proporción a su utilización.

El Supremo anula la negativa a deducir suministros de un despacho en vivienda: la misma Sala no puede afirmar y negar los mismos hechos sin motivarlo y fija deducción del 50% del IVA de luz, agua y gas.

Enlace:   Sentencia del TS de 15/07/2025


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