Impuesto sobre Sociedades. Deducciones por eventos de especial interés público. Cálculo del límite a la deducción. Donaciones efectuadas a lo largo de toda la duración del programa.
Resolución del TEAC de 11/03/2019
Criterio:
El límite de las deducciones por acontecimientos de excepcional interés público será el 90% de las donaciones efectuadas al consorcio, entidades de titularidad pública o entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 29/2002, encargadas de la realización de programas y actividades relacionadas con el acontecimiento a lo largo de toda la duración del programa.
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