Incumplimiento de la obligación de contabilidad separada

Publicado: 18 julio, 2024

COOPERATIVA FISCALMENTE PROTEGIDA

COOPERATIVAS. Incumplimiento de la obligación de contabilidad separada.

 

Fecha: 27/05/2024

Fuente: web de la AEAT

Enlace: Acceder a Resolución del TEAC de 27/05/2024

 

El incumplimiento de la obligación de contabilización separada de resultados cooperativos y extracooperativos es causa de la pérdida de la condición de cooperativa fiscalmente protegida, lo que determina, a su vez, la tributación al tipo general de la totalidad de sus resultados y la privación de los beneficios disfrutados (artículos 6 y 37 de la Ley Fiscal de Cooperativas).

 

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