IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD
Orden Foral 68/2025, de 6 de febrero, por la que se aprueban los nuevos modelos 583 «Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación y pagos fraccionados», 588 «Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre» y 591 «Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes» y se determina la forma y procedimientos de su presentación.
La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
NOTA: en la normativa estatal la Orden HAC/1433/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero, por la que se establecen la estructura y el funcionamiento del censo de obligados tributarios por el Impuesto Especial sobre la Electricidad, se aprueba el modelo 560, «Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación», y se determinan la forma y el procedimiento para su presentación y la Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 591 «Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes» y 588 «Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre» y se establecen la forma y procedimiento para su presentación, que será de aplicación a las autoliquidaciones correspondientes a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2025.